El diputado de la Fuerza nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo Semán, consideró que es obligación constitucional de la Junta Central Electoral convocar a un referendo aprobatorio de la reforma constitucional aprobada en el día de hoy que restablece la reelección presidencial, en virtud de lo dispuesto por el artículo 272 de la Constitución de la República.
“El Partido Reformista Social Cristiano, a través del asambleísta Ramón Rogelio Genao, propuso una modificación de la reforma para que se incluyera un transitorio que dispusiera que la presente reforma constitucional no fuera objeto de referéndum aprobatorio establecido en el artículo 272 de la Constitución. Dicha propuesta fue rechazada, por lo cual es obligatorio llamar a referendo en los próximos 60 días por el órgano que establece la Constitución que es la Junta Central Electoral”, expresó el legislador.
“La asamblea no incluyó la supresión de los artículos transitorios, como había propuesto la Comisión de Verificación. Lo hizo correctamente, porque esos transitorios no estaban aprobados en la Ley de convocatoria. Si bien quedó vigente el transitorio décimo de la Constitución del 2010, está claro que se trata de la excepción de no realizar referéndum para la Constitución del 2010; transitorio similar que para esta modificación propuso Rogelio Genao, lo que fue rechazado por la asamblea. El referendo para esta reforma quedó de esa manera aprobado”, agregó.