El dirigente de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo Semán, reveló que la carta de adhesión que le da competencia a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos con sede en Costa Rica, no fue aprobada por el Congreso Nacional, por lo que resulta inconstitucional, lo que está pendiente de fallo en el Tribunal Constitucional mediante un recurso elevado por ante la anterior Suprema Corte de Justicia.
“República Dominicana no es una colonia. La adhesión o sujeción a la Corte Interamericana cediendo soberanía institucional, tiene que ser ratificada necesariamente por el Congreso Nacional para ser válida; lo que no ocurrió, cuando el ejecutivo envió una carta de adhesión en el primer gobierno del presidente Leonel Fernández”, expresó Vinicio Castillo al referirse a la advertencia hecha en el día de ayer por la Misión de la ONU que visitó la Junta Central Electoral.
“República Dominicana es soberana para decir quién es nacional y quién no. Eso ya lo decidieron sus Constituciones y la jurisprudencia de la anterior Suprema Corte de Justicia, en calidad de Corte Constitucional, y el Tribunal Constitucional. Es un hecho inapelable e irreversible, que no puede ser revocado por ninguna Corte internacional. Si los jueces de Costa Rica pueden estar por encima de lo que digan la Suprema y el Tribunal Constitucional, República Dominicana no sería un Estado independientemente, sino una colonia bananera”, expresó Castillo Semán en una nota de prensa.
“Es una pena que haya ciudadanos dominicanos en estos momentos planificando con intereses foráneos condenas contra su país, por haber tomado soberanamente una decisión sobre el tema de la nacionalidad dominicana y la inmigración ilegal. La decisión del TC es jurídicamente correcta y sensata desde el punto de vista humano, ya que traza un procedimiento para regularizar en tiempo oportuno los casos de inscripciones irregulares y fraudulentas en el Registro Civil.”
“Es absolutamente falso que la sentencia del TC pretenda despojar de la nacionalidad retroactivamente a miles de hijos de inmigrantes ilegales. El TC, como era su obligación, respetó y ratificó la sentencia irrevocable de la Suprema Corte de Justicia anterior, que había definido con claridad que los hijos de ciudadanos ilegalmente en el país no adquirían la nacionalidad dominicana. En virtud de lo dispuesto por el Art. 277 de la actual Constitución, ese criterio jurisprudencial es inamovible y no puede ser cambiado según el texto constitucional. El TC lo que ha hecho es ratificarlo y establecer las pautas para el proceso de regularización de estos casos, sin que se plantee repatriación o persecución contra los afectados.”