El Vicepresidente Ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia afirmó que es la constitución de la República en su artículo 141 la que ordena que la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) sea un órgano adscrito al Ministerio Público.
Servio Tulio Castaños Guzmán explicó que la DNCD es un entre persecutor e investigador y por tanto su función debe estar anexo al Ministerio Público.
Castaños Guzmán insistió que desde el punto de vista del diseño de la constitución la DNCD tiene que estar adscrita al Ministerio Publico.