El TSE declaró ayer inadmisible un recurso de amparo sometido por excandidatos de dos partidos, en el que solicitaban a la Junta Municipal de Santo Domingo Este abstenerse a emitir certificados de elecciones y proclamar a los ganadores municipales y congresuales de allí. “Se declara inadmisible, por ser notoriamente improcedente, la presente acción de amparo preventivo, incoada por Claudio Antonio Caamaño Vélez y Dío Astacio, mediante instancia recibida en la secretaría general de este tribunal contra la Junta Electoral Santo Domingo Este”, señala el dictamen.
Para su decisión, el Tribunal Superior Electoral (TSE) argumentó que el pedimento de los accionantes corresponde ser formulado mediante el procedimiento electoral ordinario y que en tal virtud, no se encuentra dentro del ámbito del amparo electoral, y que además, no ha constatado alguna amenaza a violación a derechos fundamentales en perjuicio de la parte accionante.
Astacio, excandidato alcalde por el Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano, y Caamaño Vélez, exaspirante a diputado por Alianza País han denunciado que durante el proceso electoral del 15 de mayo se cometieron irregulares en su contra, por lo que han demandado la celebración de nuevas elecciones en esa comarca en los niveles C y B.