El Tribunal Superior Electoral (TSE) conoció ayer varios recursos de amparo incoados por excandidatos de diferentes partidos políticos que consideran que les fueron violentados sus derechos fundamentales durante el pasado proceso electoral del 15 de mayo.El tribunal declaró inadmisible, por ser notoriamente improcedente, una acción de amparo, incoada por Juan Patricio Puntier Díaz contra el Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Este aspiraba a ser inscripto como regidor del municipio de Santiago.
Asimismo, declaró inadmisible una acción incoada por el señor Germán Aquino Robles, contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM). El tribunal expresó que no constató que el accionante fuera titular del derecho fundamental invocado, toda vez que no reposan pruebas de su elección para la posición a regidor por el municipio de Bayaguana, provincia Monte Plata por el PRM, conforme a lo previsto en el numeral 3 del artículo 70, de la Ley núm. 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales.
El TSE, además, rechazó un recurso de apelación de la excandidata a diputada por Elías Piña, Agne Berenice, en contra de la Junta Electoral de Hondo Valle. “Lo rechazamos, en virtud del efecto devolutivo de la apelación, la demanda en revisión y conteo manual de votos en el Nivel Municipal, B, y Congresual, C y C1, en Hondo Valle, incoada por Agne Berenice Contreras Valenzuela, por tratarse de una atribución exclusiva de los colegios electorales y no de las juntas electorales”, expresa el dictamen.
También declaró inadmisible, por ser notoriamente improcedente el recurso de amparo, incoado José Manuel López Gutiérrez, del Partido Revolucionario Moderno, quien solicitaba ser inscrito como candidato a regidor por la circunscripción seis por el municipio de Santo Domingo Norte.
336 sentencias
Asimismo, el TSE informó que decidió mediante sentencia los 336 expedientes de los que fue apoderado en el período poselectoral, desde el 18 de mayo hasta el día de hoy 24 de junio. Entre las demandas recibidas se encuentran recusaciones contra miembros de las juntas electorales, solicitudes de recuento de votos, revisión de votos nulos y observados, nulidad de elecciones, impugnaciones y acciones electorales.