Empresas fronterizas quedarán sin exoneraciones y nuevas condiciones, de acuerdo con la controversial pieza
En la Cámara de Diputados sometieron el pasado lunes un proyecto de ley que modifica los regímenes de exenciones y privilegios fiscales, el cual fue remitida a estudio a la Comisión Permanente de Hacienda del órgano legislativo en la sesión ordinaria de ayer.
La controversial pieza fue depositada por el diputado de La Vega del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Rogelio Alfonso Genao Lanza, y llega meses después de que el Poder Ejecutivo retirara del Congreso el polémico proyecto de reforma fiscal ante el rechazo nacional a las medidas impositivas que contenía.
El pliego de ley del diputado reformista prohíbe el otorgamiento de exoneraciones de impuestos para importación de vehículos para legisladores, jueces del tribunal constitucional, jueces de la suprema corte de justicia, miembros de la junta central electoral, jueces, fiscales, militares, cuerpo diplomático dominicano, y demás servidores públicos.
También establece un impuesto selectivo al consumo del 16% sobre las ventas o ingresos brutos de las bancas de lotería y de las bancas de apuestas deportivas, el cual será recaudado cada mes por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
De ser aprobada el proyecto de ley por ambas cámaras legislativas, será eliminada la Ley 50, del 9 de noviembre de 1966, que autoriza a cada legislador, diputado o senador, a importar un vehículo de uso personal exento del pago de impuestos y derechos aduaneros, la cual fue modificada sucesivamente por la Ley 14, del 18 de septiembre de 1974, Ley 2, del 2 de octubre de 1978, y Ley 21-87, del 9 de marzo de 1979; Ley 57-96 que modifica las Leyes 21-87 del 1987,2 del 1978, 55-89 del 1989.
Asimismo, serían suprimidas varias disposiciones y artículos de otras leyes, tales como de la Ley 108-10, del 12 de noviembre de 2010, para el Fomento de la Actividad Cinematográfica en la República Dominicana, y sus modificaciones: y de la Ley 189-11, del 16 de julio de 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana, y sus modificaciones; de la Ley 340-19, del 17 de julio de 2019, mediante la cual se establece el Régimen de Incentivo y Fomento del Mecenazgo.
De igual manera, serían derogados contenidos de la Ley 392-07, sobre Competitividad e Innovación Industrial, del 4 de diciembre de 2007, modificada mediante ta Ley 242-20, del 23 de diciembre de 2020; y eliminado el decreto 977-02, del 31 de diciembre de 2002, que crea las Zonas Francas Comerciales en los hoteles y centros turísticos de la Republica Dominicana.
Empresas fronterizas sin exoneraciones y nuevas condiciones
El proyecto de ley modifica varios artículos de la Ley 12-21, del 22 de febrero de 2021, que crea la Zona Especial de Desarrollo Integral Fronterizo y un régimen de incentivos, que abarca las provincias Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco.
La controversial legislación sometida el pasado 3 de marzo agrega dos párrafos al artículo 4 de la Ley 12-21. En uno de ellos, quedan expresamente excluidas del beneficia de la presente normativa, las empresas que operan en el sector eléctrico, las empresas mineras, las empresas acogidas a cualquier otro régimen de incentivos fiscales y las empresas cuya actividad no se menciona en este artículo.
En el otro párrafo (Párrafo III), el régimen especial de la presente ley se otorgará de manera exclusiva a empresas que realicen “una inversión nueva en activos fijos sujetos a depreciación de al menos cinco millones de dólares (US$5,000,000.00)” o su equivalente en pesos dominicanos, y estará sujeto al cumplimiento de un plan de inversión y el mantenimiento de por lo menos 50 empleados permanentes de la zona fronteriza en donde está ubicada la empresa, durante toda la operación de la misma.
Un 20% en el arancel de aduanas
Se modifica el arancel de aduanas de la República Dominicana, instituido mediante la Ley 14-93, del 26 de agosto del 1993, y sus modificaciones, para aplicar un gravamen del 20% en el arancel de aduanas al momento de la importación de los bienes clasificados en las subpartidas arancelarias de ocho dígitos del Sistema Armonizado.
Estos son el tabaco “homogeneizado” o “reconstituido”; preparaciones liquidas que contienen nicotina, a base de saborizantes y sustancias odoriferas, utilizadas como carga o relleno de cigarrillos electrónicos o dispositivos vaporizadores eléctricos, personales; los demás, y que contienen nicotina, destinados para la inhalación sin combustión.
También preparaciones liquidas que no contengan nicotina, a base de saborizantes y sustancias odoriferas, utilizadas como carga o relleno de cigarrillos electrónicos o dispositivos vaporizadores eléctricos personales; cigarrillos electrónicos personales; y dispositivos de vaporización eléctricos personales.
El porqué del proyecto de ley
La propuesta legislativa sometida por el diputado Genao Lanza explica las razones por las que se deben modificar los regímenes de exenciones y privilegios fiscales en el país. Destaca, en los considerandos, que durante los últimos cuatro años, la política fiscal en la República Dominicana ha cumplido su rol de estabilización, expandiendo el gasto y consecuentemente el endeudamiento en periodos de contracción del ciclo económico. Señala, al respecto, que es preciso eliminar algunas exenciones impositivas que implican un sacrificio fiscal insostenible para el Estado.
Subraya, además, que ha llegado el momento en que la política fiscal se encamine a garantizar la sostenibilidad financiera del gobierno, abocándose a atender de forma más enérgica y efectiva un proceso de consolidación que permita generar y mantener una trayectoria descendente del nivel de deuda pública como porcentaje del PIB.