El Tribunal Constitucional anuló ayer dos sentencias emanadas de igual número de salas de la Suprema Corte de Justicia (SCJ). En su decisión TC/0084/13 la alta corte anula la sentencia No. 105 de la Tercera Sala de la SCJ y en consecuencia, confirmó la decisión de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo que ordena a la Cámara de Diputados entregar al ciudadano Alejandro Alberto Paulino Vallejo una copia certificada de la nómina de dicho órgano, contentiva de nombres, apellidos, cargos y sueldos.
El TC reitera que el número de cédula de identidad y electoral “es de carácter personal y que, además, no aporta nada en lo que respecta a la transparencia y al control de la corrupción en la administración pública, aspectos que constituyen los objetivos de la Ley No. 200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública, por lo que las instituciones públicas no están obligadas ni tienen el derecho a divulgar dicho dato”.
La suprema había anulado la sentencia sin envío por considerar que no quedaba nada que juzgar. El recurrente sometió un recurso de revisión. La decisión del TC fue adoptada con el voto disidente del magistrado Justo Pedro Castellanos Khouri.
Sobre una multa a abogado
En tanto, en su decisión TC/0094/13 declara admisible el recurso de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales incoado por Ricardo Díaz Polanco y Rafael Cruz Medina, contra la Resolución No. 2374-2011, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, en 2011, en consecuencia, anula la sentencia y la envía nuevamente por ante la alta corte. El conflicto inició cuando se decretó que los recurrentes abandonaron un caso en el cual eran defensa técnica, declarando los litigantes temerarios y multándolos. La decisión fue recurrida en apelación, luego en casación, confirmada en ambas y, posteriormente recurrida en revisión.