Como suele ocurrir en nuestro país, reformas legales que en su momento generan grandes esperanzas de cambios y por cuya aprobación los actores sociales luchan, lamentablemente en la práctica son incumplidas, distorsionadas o ejecutadas discrecionalmente, socavando la esencia de las mismas y neutralizando los resultados esperados.
Esto ha sucedido con la Ley 1-12 de Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, la cual despertó expectativas de cambio en la definición de políticas públicas y el desempeño del Estado, pero desgraciadamente su suerte fue marcada desde el momento mismo que a pocos meses de su entrada en vigor el entonces nuevo gobierno decidió abandonar el camino de la discusión de un pacto fiscal ordenado por la misma y simplemente aprobar una nueva reforma tributaria.
De los tres pactos previstos por esa ley solo el educativo se ha suscrito, pues como el reclamo más importante de la sociedad, que era la asignación del 4% ya se había cumplido, fue fácil para el Estado presentar su borrador de pacto y simplemente negociarlo y aprobarlo.
La suerte de los pactos eléctrico y fiscal ha sido muy distinta. El eléctrico que debió haber estado firmado a enero de 2013 se empezó a discutir en el 2015 luego de que el gobierno decidiera construir las plantas a carbón de Punta Catalina, lo que amplió su ya enorme participación en el sector y ha generado un conflicto de intereses que ha impedido que se decidan soluciones para reformar el sector eléctrico, porque las autoridades de ese sector quieren seguir apostando al mantenimiento del status quo aunque sea más que obvio su fracaso. El fiscal, por su parte, simplemente no interesa al gobierno porque implica discutir a fondo sus gastos, el déficit, la política presupuestaria así como el endeudamiento y su más que previsible insostenibilidad.
Aunque la ley 1-12 no lo consigna así, el reglamento de la misma estableció que para el cumplimiento de los compromisos del Estado, el gobierno designaría un comité de trabajo integrado por las autoridades de las instituciones públicas con competencia en las áreas involucradas, debiendo promover la participación social e integrar a los representantes de los gobiernos locales para los temas que les competen.
Pero esto no ha bastado al gobierno y ha realizado otras acciones que tienden a aumentar su involucramiento en temas que no son de su competencia como una forma de imponer su visión. Es el caso por ejemplo del decreto 85-15 que creó la Comisión Presidencial para la Reforma Municipal presidida por el ministro de la Presidencia, la cual formulará la política nacional para la Reforma Municipal. Paradójicamente el compromiso principal asumido por el Estado en la ley de END es el de que el gobierno central transfiera a los locales “los tributos, competencias y responsabilidades” que correspondan a estos, conforme el mandato del artículo 204 de la Constitución en un plazo no mayor de 7 años, del cual ya han transcurrido 5 sin ningún avance y más bien cada vez más choques de competencia, lo que evidentemente pone en duda la conveniencia de que una reforma a los gobiernos locales surja del propio gobierno central que invade sus competencias y les niega los recursos para ejercerlas.
Penosamente la ley 1-12 no ha cumplido su fin porque el gobierno ha decidido aplicarla discrecionalmente, dejando de lado mandatos específicos como la suscripción de los pactos y extendiendo injustificadamente su rol y ámbito de influencia. Por eso debemos estar atentos pues ni la END es un juego ni sus objetivos serán el resultado de un sorteo. Hagamos lo necesario, pues de seguir jugando a la estrategia podemos terminar con un billete pelado.