Accidentes de tránsito serán cubiertos por las ARS y Senasa

El Consejo Nacional de Seguridad Social aprobó que las atenciones médicas por accidentes de tránsito sean cubiertas por las Administradoras de Riesgos de Salud y el Seguro Nacional de Salud (SENASA) y su red de Prestadores de Servicio

El Consejo Nacional de Seguridad Social aprobó que las atenciones médicas por accidentes de tránsito sean cubiertas por las Administradoras de Riesgos de Salud y el Seguro Nacional de Salud (SENASA) y su red de Prestadores de Servicios de Salud.

La resolución 283-03 dispone que la medida comenzará a implementarse del 1 de enero al 31 de marzo del año 2012 y durante este periodo el Consejo deberá establecer la creación de un Fondo Nacional de Accidentes, tal y como lo contempla la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Rafael Pérez Modesto, gerente general del CNSS informó que la cobertura de atenciones médicas por accidentes de tránsito será realizada en el marco de la aplicación del Plan de Servicios de Salud (PDSS) en el Régimen Contributivo conforme establece el párrafo de la Resolución No. 227-02 de fecha 21 de diciembre 2009.

La resolución específica, según informó el funcionario, que lo que la Tesorería de la Seguridad Social a las ARS/SENASA por concepto de atenciones médicas por accidentes de tránsito será de RD$6.00 por afiliado, con cargo a la Cuenta del Cuidado de la Salud de las Personas del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.

Explicó que el afiliado titular deberá pagar el costo de las atenciones médicas por accidentes de tránsito descritas en la presente Resolución, de los dependientes adicionales que tenga afiliados en su núcleo familiar, en los mismos términos y condiciones en que realiza los pagos al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.

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