Santo Domingo. El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió parcialmente un incidente presentado por la Junta Central Electoral (JCE), parte impugnada en el proceso, y aplazó para el jueves 3 de abril del presente año el conocimiento del recurso de impugnación contra la Resolución núm. 07-2025, interpuesto por el Partido Alianza País.
El incidente planteado por la JCE consistió en solicitar aplazar la audiencia para que la parte impugnante notificara a los demás partidos involucrados en la resolución impugnada, a los cuales podría impactar la sentencia a ser dictada por la Alta Corte. La acogida del incidente fue parcial porque el TSE ordenó que las citaciones quedaran a cargo de la Junta Central Electoral.
Impugnación del Partido Alianza País para notificacar a partidos involucrados
La decisión se adoptó por mayoría de votos, con el respaldo del presidente del Tribunal, magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García y Fernando Fernández Cruz.
El magistrado Pedro Pablo Yermenos Forastieri emitió un voto disidente por considerar que las notificaciones debieron ponerse a cargo de la parte impugnante que fue quien motorizó la acción y, por eso, está en el deber de asumir las consecuencias de la misma que, en este caso particular, se trata de preservar los derechos de defensa de quienes puedan resultar impactados por el resultado de su impugnación.
Proceso en estado de fallo reservado
El Tribunal Superior Electoral, además, dejó en estado de fallo reservado tres procesos interpuestos por accionantes distintos contra el Partido de la Liberación Dominicana, otorgando a todas las partes un plazo de diez días para un escrito justificativo de sus conclusiones.
La Alta Corte se reservó el fallo y otorgó el referido plazo respecto al expediente número TSE-01-0222-2024. Dicho expediente corresponde al “Recurso de declaración de nulidad de elecciones en mesa de Pedro Brand; La Guáyiga y Pantoja y/o apelación para la ejecución de la Resolución RES-COXCO-21-10-2024 sobre validación, anulación parcial y celebración de nuevas elecciones.”
El recurso se interpuso por Narcisa Cruz Martínez; Maricela Luna Alcántara; Nacito Alcántara Mateo; Federico Santana. También por Benero Montero Ferreras; Celso Martínez; Julio Amable Mateo Valdez y Ruperto Sánchez Pérez, contra el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
El Tribunal también se reservó el fallo del expediente Núm. TSE-01-0002-2025, relativo al “Recurso de impugnación de la Resolución núm. 13-2025 TINDE/PLD, de fecha 7 de diciembre de 2024,” emitida por la Comisión Nacional de Ética y Disciplina del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Dicho recurso interpuso Aura Dircia Herrera Sena contra la Comisión Nacional de Ética y Disciplina del PLD y el propio partido.
Asimismo, el pleno de la Alta Corte concedió igual plazo de diez días para que las partes presenten un escrito de fundamentación de sus conclusiones. Vencido este plazo, el proceso quedará en estado de fallo reservado.
Con relación al expediente TSE-01-0003-2025, correspondiente al “Recurso de impugnación de la Resolución núm. 02/2025 TINDE/PLD,” emitida por la Comisión Nacional de Ética y Disciplina del Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Mismo en el cual Dirson Pascual Reynoso actúa en contra del PLD, el Tribunal otorgó el citado plazo de diez días para el mismo propósito. Una vez vencido este plazo, el proceso quedará en estado de fallo reservado.