El Tribunal Constitucional dejó en estado de fallo diez expedientes de acción directa de inconstitucionalidad y declaró de urgencia dos expedientes relacionados con la Ley Electoral y el reglamento sobre la distribución de la contribución económica a los partidos.
El presidente del Tribunal, Milton Ray Guevara, informó que se aplicará una disposición excepcional de un plazo de cuatro días calendarios para depositar por la secretaria de esa institución, escritos de motivación de conclusiones en los casos relacionados al proceso electoral para no afectar el proceso.
Esa medida aplicará en los casos del Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD), que atacó el reglamento sobre la distribución de la contribución económica del Estado a los partidos políticos para el año 2019, dictado por la Junta Central Electoral y el expediente de la Fundación Prensa y Derecho, que atacaron el artículo 284, numeral 18, de la Ley Orgánica de Régimen Electoral.
Dicho artículo indica que serán castigados con penas de 3 a 10 años de prisión los que usen medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales promoviendo o compartiendo campañas falsas o denigrantes y contenidos difamantes contra los candidatos.
“En razón de que este expediente tiene una importancia singular para el proceso electoral el TC le otorga un plazo de dos días calendario a la parte accionante y posteriormente un plazo de dos días calendario al representante de la JCE y la procuraduría si quieren utilizarlo”, indicó Ray Guevara.
El magistrado, al término de la audiencia en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, recordó “que los expedientes que tienen que ver con los partidos políticos y electoral están siendo declarados de urgencia con la finalidad de poder hacer algún tipo de aporte al proceso electoral que se avecina por eso tenemos otra audiencia el 21 de junio”.
Otros expedientes
El TC también conoció el recurso sometido por la Defensora del Pueblo que atacó el decreto 398-03, que crea e integra el Patronato Cueva de las Maravillas. También la Ley 16-19, que prohíbe el uso de la hookah en lugares públicos y privados y la ley número 138-11, orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, del 21 de junio de 2011.