El pasado viernes el Tribunal Constitucional (TC) conoció la acción de inconstitucionalidad contra el artículo 46 de la ley de Partidos.
Por tanto, el alcance para la regulación de los contenidos emitidos a través de las redes sociales dependerán de la sentencia que emita el Tribunal Constitucional sobre un recursos que interpuso el abogado Namphi Rodríguez contra el numeral 6 del artículo 44 de la Ley 33-18 que impone castigo de hasta un año de prisión por la emisión de “contenidos negativos contra candidatos en la precampaña”.
La Junta Central Electoral (JCE) creó el Observatorio de Redes Sociales, que tienen como fin fundamental monitorear la publicidad digital y la emisión de noticias falsas relacionadas con temas políticos y electorales en el periodo de la precampaña y la campaña electoral.
El objetivo de la JCE es que es evitar que la desinformación y de información falsa pueda afectar el proceso electoral.
Un “mundo” difícil de controlar
El coordinador de la Unidad de Ciberpolítica del Observatorio Político Dominicano (OPD), Héctor Suero, consideró que es difícil controlar la difusión de contenido por la red de WhatsApp porque según explicó su contenido no es exterior y se queda en el ámbito interno de los usuarios. Explicó que de acuerdo a datos de Statista (empresa que mide alcance de redes), la penetración de WhatsApp en República Dominicana es del 60%. “Por lo tanto, estimamos que en el país puede haber un número de usuarios de WhatsApp muy cercano al de la población electoral”, observó.
El experto en redes sociales, Felipe Vallejo, dijo que el WhatsApp es de las principales herramientas para la difusión de noticias falsas y que lo facilita el hecho de que “no hay filtro alguno para la llegada y salida de mensajes”.
Para el especialista en redes sociales, Pavel de Camps, el mecanismo de comunicación de WhatsApp tendrá una importancia estelar en la campaña electoral y que en ese espacio es difícil de monitorear.