Al cierre del plazo para que los partidos políticos opinen sobre el borrador de resolución para la aplicación de la reserva de 20% de la candidaturas, 22 partidos de los 31 que hay, se habían pronunciado en contra de la propuesta de la Junta Central Electoral (JCE).
La lista la encabezan la Fuerza del Pueblo (FP), el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC).
También, el Bloque Institucional Socialdemócrata (BIS), Fuerza Nacional Progresista (FNP), Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC), Partido Humanista Dominicano (PHD), Partido Verde Dominicano, Partido Socialista Cristiano (PSC), Partido de Acción Liberal (PAL) y Generación de Servidores. Igualmente, el Partido de Unidad Nacional (PUN), Partido Demócrata Institucional (PDI), Partido Liberal Reformista (PLR) y el Partido Demócrata Popular (PDP).
La JCE tiene que decidir el tema en menos de tres semanas pues el plazo para que los partidos informen de las plazas reservadas vence el 2 de junio.
FP: fallos TSE no son vinculantes
En su escrito de rechazo al borrador de resolución de la JCE, la FP sostiene que las sentencias del TSE no son vinculantes por lo que es un error del pleno del organismo tomar esos fallos como base para sus decisiones.
Afirmó que por acuerdo entre las partes que dieron origen a las sentencias del TSE, en el 2020 esos fallos no fueron aplicados. “Los mencionados precedentes jurisprudenciales del TSE en los que el pleno de la JCE fundamenta el borrador de su resolución para la aplicación del porcentaje de las reservas de las candidaturas del 2024, son improcedentes, dado que no son vinculantes, ni mucho menos unifican el criterio correcto y razonable sobre la sobre la interpretación e implementación del artículo 58 de la ley 33/18”, apuntó.
La organización de oposición criticó que la JCE refiera una sentencia del Tribunal Constitucional que decidió sobre la cuota de género como base para sustentar su propuesta.
“Consideramos improcedente e inaceptable que este digno pleno pretenda deducir y asumir que la sola mención tangencial y no precisa que hizo el Tribunal Constitucional en su sentencia 104/2020 resolvió definitivamente la interpretación del artículo 58 de la ley 33/18”, dice el documento depositado ante la JCE. Otras organizaciones depositaron documentos conjuntos sobre sus observaciones contra la resolución de JCE.
Paliza dice se necesitaría sentencia para variar
El presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), José Ignacio Paliza, consideró que para a JCE decidir la aplicación del artículo 58 de la ley 33/18 de manera distinta a la de nivel de elección, sería necesaria otra sentencia que cambie el precedente del TSE de 2020 que afectó, en ese momento, al hoy partido de gobierno. Reiteró que la aplicación por nivel de elección es una garantía para la democracia interna de los partidos políticos.