En RD, sin un órgano rector autónomo e independiente, no hay garantía del libre acceso a la información pública
Santo Domingo.-Dentro del marco de la conmemoración del Día Internacional del Derecho al Saber, Participación Ciudadana considera que el país registra limitados avances y profundos retrocesos que obstaculizan el derecho a la información y la implementación plena de la Ley General de Libre Acceso a la Información.
Aspectos en los que se evidencia retrocesos son los siguientes: 1. Ningún partido político cumple con el mandato de la Ley de Acceso a la Información, 2. Un número importante de instituciones no publican la nómina pública en formato claro, actualizado, con datos confiables y entendibles, 3. Los presupuestos y su ejecución se publican en formatos cerrados, no reutilizables, y 4. Las instituciones públicas ponen a disposición de la ciudadanía limitada información sobre sus procesos de compras y contrataciones.
La publicidad es la prueba de fuego para el ejercicio del poder, por ello los políticos autoritarios son profundamente desconfiados de las exigencias ciudadanas de dar razones, explicar sus decisiones y de transparentar sus documentos y archivos.
A trece (13) años de la promulgación de la Ley No. 200-04 sobre el Libre Acceso a la Información Pública, República Dominicana no cuenta con un órgano rector autónomo, independiente, con facultades y competencias conforme a los más altos estándares internacionales, que cumpla con la función de control, de socialización y difusión del derecho de acceso a la información. En tal sentido, urge retomar el anteproyecto de Ley que crearía el Instituto Dominicano de Acceso a la Información.
En relación a los organismos responsables de control y promoción del derecho de toda persona a la información pública el país mantiene importantes retos, inconsistencias y retrocesos. Nuestra Ley General de Acceso a la Información Pública carece de un órgano rector independiente, autónomo, separado de influencias políticas partidarias y dedicado especialmente al control, vigilancia y garante del derecho a saber.
Esta ausencia ocasiona dificultades y lentitudes en la implementación de dicha norma, en adición a actitudes, prácticas de obstrucción de la participación de la ciudadanía en el acceso a las informaciones que genera y guarda las instituciones destinatarias de fondos públicos.
La propuesta preliminar existente de crear por ley el Instituto Dominicano de Acceso a la Información Pública (IDAIP), constituyó un esfuerzo para encarar la implementación de la Ley No 200-04, pero fue abortada por el Presidente Danilo Medina Sánchez, con la promulgación del Decreto No 486-12, que crea la Dirección General de Ética e Integridad, como supuesto “órgano rector” en materia de ética, transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción, conflicto de interés y libre acceso a la información.
Un órgano rector en materia de acceso a la información y protección de datos personales, debe ser una instancia con una robusta independencia y autonomía administrativa, financiera y de gestión, condiciones que no reúne la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, al ser una instancia adscrita al Ministerio de la Presidencia.
El Estado está en la obligación de garantizar la creación de un órgano rector independiente, con su autonomía administrativa, financiera, de gestión, operativa, presupuestaria, fundamental para evitar presiones políticas o de intereses particulares y que pueda ser soberano y autónomo, en sus decisiones y acciones, de cualquier persona o entidad, incluyendo del propio gobierno central.
Urge a la sociedad dominicana una instancia de control y garante del acceso a la información, que permita la resolución de controversias, antes de llegar a las instancias jurisdiccionales. Aún sigue pendiente un ente público autónomo e independiente que garantice el acceso a la información y la protección de datos personales mediante las funciones de promoción, regulación, supervisión y el conocimiento de los recursos en esta materia y el establecimiento de sanciones.