El Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó la medida cautelar interpuesta por Worldcoin que procuraba dejar sin efecto el acto en el que Pro Consumidor dispuso la suspensión de sus actividades en el país.
Mediante la sentencia, el TSA mantuvo los efectos del acto de Pro Consumidor número 1840-24, de fecha 14 de noviembre de 2024, para que la firma internacional no opere en el país. El fallo se produce tras la medida cautelar interpuesta por Worldcoin F en procura de revocar el acto de la institución defensora de los derechos de los consumidores.
La sentencia del Tribunal Superior Administrativo fue dada a conocer por el director ejecutivo de Pro Consumidor, Eddy Alcántara, quien ha destacado que la suspensión de las actividades de la referida empresa “se debe a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión que ésta ofrecía a los ciudadanos dominicanos”. En el fallo establece que la presidencia del tribunal ha constatado “que nos encontramos ante un acto administrativo emitido por Pro Consumidor, quien, conforme a lo dispuesto por la ley 358-05, ostenta la competencia legal para ordenar dicha advertencia” a la referida empresa.
Esto último, a propósito de que Worldcoin alegó ante el TSA que la suspensión de sus operaciones era arbitraria y carecía de base legal. Según se pudo contactar en varios medios de comunicación, Worldcoin recolectaba datos biométricos, específicamente escaneo de iris, a cambio de criptomonedas, sin ofrecer garantías adecuadas sobre la seguridad y el destino final de esta información. Además de la orden de cese de operaciones emitida por Pro Consumidor en noviembre de 2024, el 12 de diciembre de ese mismo año se emitió la resolución No. 2058-24, que ordenó a la razón social Tools for Humanity la suspensión del uso de los documentos “Términos y Condiciones de Worldcoin Foundation” y “Declaración de Privacidad de Worldcoin”.