El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional excluyó este jueves del juicio de fondo del caso Odebrecht pruebas que presentó el Ministerio Público con las que pretendía probar que los exfuncionarios Tommy Galán, Andrés Bautista y Víctor Díaz Rúa incurrieron en enriquecimiento ilícito y falsearon sus declaraciones juradas.
Se tratan de unos informes realizados a las declaraciones juradas de los referidos imputados, que presentaron cuando eran funcionarios.
La exclusión de esta prueba, se da tras la defensa de Galán indicarle al tribunal que Julián Rojas, analista del Ministerio Público, no tenía la facultad para realizar los informes, pues la ley establece que el análisis lo debe hacer un funcionario de la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos.
Tras deliberar, el tribunal acogió el pedimento declarando la ilegalidad de la prueba. La decisión contó, con los votos favorables de las juezas Tania Yunes y Jiessel Naranjo y el disidente la presidenta Esmirna Giselle Méndez.
Al explicar la razón de esta decisión, la magistrada Yunes precisó que lo el informe del Ministerio Público no puede ser presentado en el juicio si no fue elaborado por el funcionario que dice la ley.
“Supongamos, como aparentemente lo fue, el Ministerio Público entendió que había falsedad en las declaraciones el segundo paso era solicitarle al funcionario encargado que hiciera lo que dice la ley que debía que hacer. Queda claro en el voto de la mayoría, es que el documento que está habilitado para entrar es el de funcionario de la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos”, sostuvo.
“El documento que se pretende incorporar del análisis de la pretensión probatoria de dicho documento que quiere entrar al juicio, no para demostrar una falta sino una infracción penal o dolo, la mayoría entiende que dicho documento no debe ser incorporado al juicio”, agregó Yunes.
La defensa de los imputados se mostró conforme con el fallo del tribunal. Los abogados aseguraron que lo que ha hecho el Ministerio Púbico es una estafa procesal.
De su lado, la fiscal Mirna Ortiz, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), dijo con esto para nada se lesionan la pretensiones que tiene el órgano acusador y que en los alegatos de clausura entonces sacarán las conclusiones de las informaciones que establecen las declaraciones juradas, que, dijo, si fueron incorporadas como tal al juicio.