El Tribunal Constitucional (TC) conoció diez expedientes de acción directa de inconstitucionalidad durante una audiencia pública celebrada este lunes en la sala augusta de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Al encabezar la sesión, el presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, e integrantes del Pleno conocieron entre otros expedientes el TC-01-2019-0013, en el que el Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD), actuando como accionante, atacó el Reglamento sobre la Distribución de la Contribución Económica del Estado a los Partidos Políticos para el año 2019, de fecha 3 de abril de 2019.
De igual forma vieron el expediente TC-01-2019-0003 en el que la Defensora del Pueblo atacó los artículos 7 y 8 del decreto 398-03, que crea e integra el Patronato Cueva de las Maravillas, dictado por el Poder Ejecutivo en el 2003.
El órgano jurisdiccional ventiló el expediente: TC-01-2019-0004 en el que la empresa Avelock Dominicana S.R.L. atacó el Laudo Arbitral número 1606282, emitido por el Centro de Resolución Alternativa de Controversias de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo Inc., en 2018.
Continuaron con el expediente TC-01-2019-0006 en el que sus accionantes, José Bernabé Quiterio, Richard Lisandro Hernández Pimentel y compartes atacaron los artículos 1 y 3, de la Ley 16-19, que prohíbe el uso de la hookah en lugares públicos y privados, de febrero y diciembre de 2019.
Asimismo, los jueces de la alta corte conocieron el expediente TC-01-2019-0007, cuyos accionantes, la Fundación Prensa y Derecho, Inc. y Namphi A. Rodríguez atacaron el artículo 284, numeral 18, de la Ley número 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, del 2019.
De igual forma vieron el TC-01-2019-0008, en el que Wilda Escolástico Quiroz actuó contra el artículo 33, de la Ley número 138-11, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, del 21 de junio de 2011.
Durante la audiencia pública, los jueces del TC también vieron el expediente TC-01-2019-0009, en el que la Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos, Inc. (Anadive) atacó los artículos primero y segundo de la Resolución Municipal número 21/96 del 1996, que regulan el cobro de arbitrios por concepto de utilización de rampas de acceso, dictada por la alcaldía del Distrito Nacional.
Los expedientes TC-01-2019-0010, TC-01-2019-0011 y TC-01-2019-0012 formaron parte del rol de audiencia y fueron presentados por los accionantes Cámara Minera Petrolera de la República Dominicana (CAMIPE), Robert A. García, Juan Manuel García Gómez y Miguel Ángel Rodríguez R., respectivamente.