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Santo Domingo.- La Sociedad Interamericana de Diarios (SIP) saludó el fallo del Tribunal Constitucional que anula la creación de la ley 1-24 que crea y regula la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).
Fue a través de una publicación en X (antiguo Twitter) donde el grupo se expresó al respecto, resaltando que la anulación representa un paso positivo en favor de la libertad de prensa en el país.
“Saludamos el fallo del Tribunal Constitucional de República Dominicana que anula la creación de la ley de inteligencia. Es un paso positivo en favor de la libertad de prensa”, indicaron.
Anteriormente la sociedad había expresado su preocupación por las implicaciones a la libertad de prensa y fuentes confidenciales de información que acarreaba la ley.
El presidente de la SIP, Roberto Rock, director de La Silla Rota, México, dijo: “Si bien reconocemos la importancia de las leyes de seguridad nacional para proteger los intereses y las instituciones del Estado frente a la amenaza del terrorismo, una regulación tan amplia que obligue a instituciones privadas, como los medios de comunicación, a entregar todas las informaciones que se requieran, puede tener implicancias negativas sobre la confidencialidad de las fuentes periodísticas y el derecho a la privacidad”.
Consultor jurídico
Durante el fin de semana, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, emitió una declaración oficial en relación con la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC/0767/24), que declaró no conforme con la Constitución la Ley núm. 1-24.
“El Tribunal Constitucional fundamentó su decisión en un error procedimental durante el trámite legislativo de la norma, sin cuestionar su contenido ni identificar violaciones a derechos fundamentales. Según el fallo, la ley fue aprobada en ambas cámaras con las mayorías necesarias, pero sin cumplir con las formalidades requeridas para su convocatoria y tratamiento como ley orgánica”, explicó.
En lo relativo al vicio de procedimiento esgrimido en la sentencia, el funcionario dijo que el “Tribunal concluyó que el Congreso no convocó expresamente las sesiones como correspondía para tratar una ley orgánica, aunque esta obtuvo amplias mayorías: 125 de 126 votos en la Cámara de Diputados y 21 de 25 en el Senado. Este incumplimiento vicia la validez de la ley, dado que las normas orgánicas requieren procedimientos específicos según la Constitución y los reglamentos legislativos”.