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Santo Domingo, RD.- El abogado y profesor de Derecho Administrativo, Olivo Rodríguez Huertas, afirmó hoy que no es necesario convocar elecciones para elegir un nuevo alcalde de La Vega, tras renuncia del alcalde y la vicealcaldesa de ese municipio, y que el periodo restante hasta las elecciones de 2028 no requiere dicha medida.
Rodríguez Huertas también se opuso a la idea de que la vacante, por el resto del periodo constitucional, deba ser ocupada por el Concejo Edilicio del Ayuntamiento de La Vega.
Aclaró que, aunque la Constitución no establece de manera explícita, desde 2010, que esta vacante deba ser cubierta por el presidente de la República, esta atribución se deriva del artículo 128, numeral 3, letra e), que establece que, en su calidad de Jefe de Estado y de Gobierno, le corresponde al Jefe de Estado “las demás atribuciones previstas en la Constitución y en las leyes”.
En este sentido, Rodríguez Huertas indicó que la ley del Distrito Nacional y los Municipios establece, en el párrafo I del artículo 64, que la ausencia definitiva del alcalde y la vicealcalde debe ser cubierta por el Presidente de la República.
Además, recordó que en el ordenamiento jurídico dominicano rige el principio de constitucionalidad de las leyes hasta que el Tribunal Constitucional declare la nulidad de alguna disposición legal, lo cual no ha ocurrido hasta ahora.