La Cámara de Diputados modificó y aprobó ayer en segunda lectura el proyecto de ley que inhabilita a los violadores sexuales para ejercer algunas funciones y profesiones.
La controversial pieza, que lleva 10 años dando vueltas en el Congreso Nacional y era considerada contraria a la Constitución, pasará al Senado de la República para su conocimiento; fue sometida por la diputada Lourdes Aybar, el 7 de agosto de 2023.
El propósito de la normativa es que haya un régimen de inhabilidad a personas que han sido agresoras sexuales con sentencia definitiva de la cosa irrevocablemente juzgada.
En la sesión de ayer, los diputados modificaron el artículo 3 de la legislación, al acoger dos propuestas, una de ellas presentada por Magda Rodríguez y José Horacio Rodríguez, quienes solicitaron el sustituir la palabra “Carácter” por “Periodo”, así como el delimitar la inhabilidad -que era permanente- a 30 años.
Ahora el texto de ley dirá de la siguiente manera: “Artículo 3. Periodo de la Inhabilidad. La inhabilidad de la que trate esta norma tendrá un periodo de 30 años y busca la protección constitucional en virtud del interés superior del niño, niña y adolescente”.
La segunda propuesta para variar dicho artículo fue presentada por los diputados Eugenio Cedeño, Darío Zapata, José Santana y Ramón Bueno, quienes pidieron que agreguen un segundo párrafo, para que diga: “La inhabilitación a la que se refiere este artículo se aplicará a partir del cumplimiento de la sentencia condenatoria”.
Antes de ser reformado el artículo 3 sólo decía: “Carácter de la inhabilidad. La inhabilidad de la que trata esta norma es de carácter permanente y busca la protección del principio constitucional en virtud del interés superior del niño, niña y adolescente”. “Párrafo.- Nunca la inhabilidad será de carácter sancionatorio o disciplinario”.