El Ministerio de Medio Ambiente prohibió desde ayer la importación y producción de equipos de refrigeración, climatización y acondicionamiento de aire que utilicen los denominados Hidro-Cloro-Fluoro-Carbonos o HCFC como gas refrigerante, o cualquier sustancia que agota la capa de ozono.
La medida está contenida en la resolución 012/2017 y se enmarca en lo establecido en la ley No. 64-00 que en su artículo 95 expresa: “Se declara de interés nacional la protección y la disminución paulatina, hasta la eliminación total, del uso de las sustancias y productos que causen deterioro, menoscabo, contaminación u otros efectos nocivos a la atmósfera y la estratosfera. Se ordena la elaboración y aplicación de un programa nacional de sustitución del uso de sustancias que agoten la capa de ozono”.
La legislación instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales a definir y regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental.
El organismo también determina los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambiental de las actividades económicas.