La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) mostró su preocupación por la elevada cantidad de suspensiones de audiencias preliminares y de fondo generadas en los tribunales.
La entidad basó inquietud en los informes preliminares de las estadísticas de la Oficina Nacional de Defensa Pública en el período enero-junio de 2023.
De acuerdos con dichos informes, tan solo en la jurisdicción penal ordinaria, de 74,844 audiencias en agenda por la Defensa Pública, 52,376 fueron suspendidas, lo que equivale al 70% del total.
Entre las causas que motivaron estas suspensiones en la fase preliminar y del fondo se destacan: la falta de notificación de las partes, falta de traslado de imputados y por incomparecencia de testigo o perito, entre otras.
La Finjus indica que las cifras anteriores reflejan una realidad que debe ser resuelta con prontitud, porque afecta la imagen de la justicia dominicana y perjudica el sistema en detrimento de las garantías y libertades individuales.
“Para Finjus es alarmante que más de las dos terceras partes de las audiencias programadas en el periodo señalado fueran suspendidas, lo que debilita la eficacia y eficiencia del sistema de administración de justicia”, expresa la Fundación.
Otro aspecto que resalta la Finjus, es la suspensión de audiencias en la jurisdicción penal adolescente, donde entre las causas de su suspensión salen a relucir situaciones como la falta de los profesionales responsables para la adecuada gestión de los procesos ligados a las entrevistas en la Cámara de Gesell.
“Desde Finjus hacemos estos señalamientos convencidos de que los actores del sistema de justicia en la actualidad están comprometidos en elevar la calidad de todos sus actos y reforzar la transparencia, la eficiencia y la igualdad que es el objetivo de la acertada administración de la justicia”, sostiene la Finjus en un comunicado.
El derecho de audiencia y el derecho a ser escuchado
La Finjus destaca que el derecho de audiencia y el derecho a ser escuchado por un juez son dos de las garantías más importante en todo Estado de Derecho.
“El artículo 69 de nuestra Constitución concibe la tutela judicial como un derecho a la protección estatal de todo tipo de derechos e intereses legítimos y al debido proceso”, dice la misiva firmada por Servio Tulio Castaños.