El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) inició este miercoles las vistas publicas de los aspirantes a jueces del Tribunal Constitucional, en este sexta jornada fue evaluada la jueza de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo, Pilar Antonia Rufino Díaz.

Durante la sesión, Rufino Díaz presentó sus credenciales y respondió a preguntas clave de los miembros del CNM.

El senador Bautista Rojas Gómez inició la evaluación cuestionando a la postulante sobre la naturaleza del precedente constitucional y su diferencia con la jurisprudencia. Rufino Díaz explicó con claridad que el precedente constitucional se refiere a los fundamentos dados por el Tribunal Constitucional para resolver una acción constitucional, mientras que la jurisprudencia abarca las decisiones de todo el Poder Judicial, incluyendo jueces y juezas de distintas instancias.

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“Hablamos de precedente constitucional cuando el Tribunal Constitucional ha dado los fundamentos para irse por la resolución de una acción constitucional que se ha presentado. Todas esas motivaciones que van a dar con la parte dispositiva se le llama precedente constitucional. Cuando hablamos de jurisprudencia pensamos en todo el orden del Poder Judicial. En todos los jueces y juezas que cuando dan sus decisiones aun no fueran definitivas, son parte de su jurisprudencia. También hablamos de jurisprudencia cuando vemos las decisiones que emite la Suprema Corte de Justicia”, respondió.

Posteriormente, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, planteó una pregunta crucial sobre la aplicación de la teoría del derecho penal del enemigo en casos de corrupción. Rufino Díaz expresó su posición, considerando que esta teoría es demasiado invasiva en los derechos individuales y enfatizó la importancia de un proceso debido en los casos de corrupción, desde la amenaza de persecución hasta una sentencia justa.

“Esto es una teoría demasiado invasiva en cuanto a los derechos de las personas se refiere. Hablamos de derecho penal del enemigo cuando el estado lo aplica y esto sucede cuando la persona infrige de tal manera la norma. En cuanto a los caso de corrupción, entiendo que en nuestra condición de juzgadora, todo caso debe llevar un proceso debido, desde que existe la amenaza de persecución, hasta una sentencia y que la misma sea justa”, dijo.

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