La Procuraduría General de la República inició una revisión de la instrucción que deben seguir los miembros del Ministerio Público respecto a las sanciones por violación al toque de queda y los protocolos establecidos por las autoridades sanitarias para contener la pandemia de la COVID-19.
La magistrada Miriam Germán Brito dispuso la revisión al ponderar planteamientos sobre la necesidad de buscar mecanismos que fortalezcan el marco jurídico de República Dominicana, como los expuestos por la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus).
El Ministerio Público informó, sin embargo, que los fiscales deberán seguir tomando las acciones de lugar para garantizar que los ciudadanos cumplan con las medidas que buscan contrarrestar la pandemia que hasta el momento ha afectado en el país a 186,383 personas, con 2,428 defunciones. En ese sentido, los fiscales deberán seguir procurando las sanciones que se amparan en la declaratoria del estado de excepción y que remiten a la Ley General de Salud, del 8 de marzo de 2001.
Dicha ley establece, en su artículo 153, multas de entre uno y diez veces el salario mínimo nacional por el incumplimiento de las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para prevenir y controlar enfermedades transmisibles.
El texto plantea: “Art. 153- Se consideran violaciones a la presente ley y serán sancionadas con multas que oscilarán entre uno y diez veces el salario mínimo nacional establecido por la autoridad legalmente competente para ello, o mediante ley especial”. El salario mínimo del sector público se sitúa en estos momentos en RD$10,000, lo cual obliga a que la sanción se sitúe entre RD$10 mil y RD$100 mil. Germán Brito saludó el debate en torno al tema y lo considera como una oportunidad para que la comunidad jurídica y el liderazgo político de República Dominicana aporten propuestas constructivas que fortalezcan el Estado de derecho y faciliten a las autoridades la protección de la salud de los y las ciudadanas en situaciones como la creada por la actual pandemia.