Antes de finalizar el año quienes cometan infracciones de tránsito tendrán una consecuencia adicional a las multas. El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre prevé implementar el sistema de puntos de licencia de conducir a partir de septiembre o de octubre.

La puesta en marcha de esta disposición establecida en la ley 63-17 se efectuará en coordinación con la Procuraduría General de la República y el Poder Judicial.

Este nuevo sistema otorga al conductor, por lo general, un saldo de 20 puntos en su licencia, que pueden llegar a reducirse o perderse por completo según las infracciones de tránsito cometidas y como consecuencia se precederá a la suspensión del permiso de conducir.

Conforme a la normativa vigente, un conductor no perderá más de diez puntos de la licencia por acumulación de infracciones en un día

El reglamento de aplicación también dispone el mecanismo de recuperación de puntos perdidos mediante la realización de cursos de sensibilización y programas de reeducación vial. Existe un total de 42 infracciones que restan puntos. Este artículo concentra algunas de las más importantes, según la gravedad.

Sanciones graves

Se procederá a la suspensión inmediata de la licencia en los siguientes casos: cuando se falsifique, borre o altere maliciosamente la información contenida en el certificado de licencia de conducir, u otro documento necesario para la obtención o renovación de la misma.

Este grado de sanción se aplica en los casos de conductores de vehículos destinados al transporte público de pasajeros, en cualquiera de sus modalidades, y de carga; o que sean portadores de un permiso de aprendizaje, el grado de alcoholemia deberá ser de 0.0 gramos de alcohol por litro de sangre o 0.0 miligramos por litro en el aire espirado.

Sanciones de tres a diez puntos

Conlleva a una reducción de hasta diez puntos la competencia de velocidad o conducir de forma temeraria o descuidada. Se aplicará también a quienes sean sorprendidos conduciendo con un grado de alcoholemia superior a 0.5 gramos por litro en la sangre; o 0.25 miligramos por litro en el aire espirado, según resulte de la alcoholimetría realizada por los agentes de la Digesett.

De igual forma se le restarán ocho puntos a la licencia cuando se conduzca bajo los efectos de drogas o sustancias controladas.

Implicarán la reducción de cinco puntos las violaciones a las señales del semáforo, circulación de transporte de cargas con sobrepeso y exceso de dimensiones, no usar el casco protector en motociclistas y ciclistas, así como conducir un vehículo de motor provisto de una licencia de conducir distinta a la requerida para manejar ese tipo de automotor.

La misma cantidad de puntos se le quitará al propietario de un vehículo de motor que ceda el volante a personas que no estén legalmente autorizadas para ello.

Entre las contravenciones que contemplan una reducción de tres puntos, figuran las violaciones a las disposiciones sobre el número de pasajeros, capacidad de asientos y el marbete de inspección técnica vehicular.

No llevar consigo la licencia de conducir o el permiso de aprendizaje vigente cuando se conduce un vehículo de motor lleva a perder tres puntos así como estacionarse en lugares no permitidos, entre otras prohibiciones.

Serán detenidos quienes conduzcan sin puntos

Respecto a conducir sin puntos, la normativa vigente establece que a “la persona que conduzca con una licencia sin puntos o sin vigencia se le procederá a la retención del vehículo, si no es posible que otro conductor habilitado pueda continuar la marcha, y podrá ser detenida y puesta a disposición del Ministerio Público”. A los conductores noveles con licencias con menos de cuatro años de antigüedad, se les restará a partir del saldo inicial de diez puntos asignados a modo de licencia condicional, o de quince puntos siempre que no hayan cometido ningún tipo de infracción que reste puntos durante un período de dos años. El artículo nueve del reglamento de aplicación del referido sistema considera el crédito de puntos concedido a partir de la obtención de la licencia como un saldo único. En tal sentido, “la reducción de puntos se realiza sobre la licencia o autorización de conducir del interesado, no sobre la categoría de la misma con la que estuviera conduciendo en el momento de la infracción, en virtud del artículo 201 de la Ley 63-17”.

El Intrant, junto con la Procuraduría General de la República, deberá implementar un sistema online de consultas, relacionado con el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito y Transporte, en el que todos los titulares de licencia o autorización de conducir podrán consultar las modificaciones en su crédito de puntos en el momento en que estas se produzcan o surtan efecto.

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