Para embarcarse en un proyecto de reelección, que implicaría un tercer periodo consecutivo, como sería el caso del presidente Danilo Medina, se necesitan diversos recursos como apoyo, tiempo y vías que permitan su materialización.
La sentencia del Tribunal Constitucional, que declaró inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria vigésima de la Constitución, que dejaría habilitado al presidente Medina para las elecciones del 2020, cambia totalmente el escenario del gobernante que se dio como plazo marzo del 2019 para informar si opta o no por un tercer periodo seguido.
Un fallo del TC parecía la vía más fácil para el gobernante quedar habilitado, pero la de mayor costo institucional para el país. Cerrada esa vía, el gobernante y sus colaboradores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Gobierno, solo les queda el camino de una nueva reforma a la Carta Magna vía Asamblea Revisora.
El presidente Medina y sus aliados no cuentan con los 148 votos que necesitarían para una nueva modificación de la Constitución en una sesión que asistan los 222 asambleístas. Al día de hoy, el proyecto encontraría 95 votos en contra; 40 legisladores del PLD que siguen de manera firme a Leonel Fernández; 52 del Partido Revolucionario Moderno (PRM), más tres de los partidos Alianza País, Frente Amplio y el Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano.
La propuesta de que se modifique de nuevo la Constitución para que el presidente Medina pueda reelegirse, no cuenta con apoyo popular ni de los sectores empresariales, la sociedad civil organizada, ni las iglesias.
La encuesta Gallup publicada al final del mes de marzo establece que el 66.9% de la población desaprueba que el presidente Medina modifique por segunda vez la Constitución. La encuesta Asisa publicó un estudio el 4 de abril pasado en el que señala que el 60% de la población se opone a que se modifique la Constitución para una nueva reelección. El 5 de julio, la encuestadora Latin Insights publicó un estudio que señala que el 66% de la población se opone a que se modifique la Carta Magna para otra reelección de Medina, mientras que el 62% respondió que el gobernante tiene intención de reelegirse.
La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), la Asociación de Industrias de la República Dominica, la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (Anje), las iglesias Católica y Evangélica, se han declarado en contra de que se modifique de nuevo la Constitución para permitir la repostulación del presidente de la República.
Tres fallos SCJ dicen Constitución no puede ser inconstitucional
La Suprema Corte de Justicia (SCJ), en función de Tribunal Constitucional, ha emitido tres fallos en los que establece que la Constitución no puede ser declarada inconstitucional. La primera sentencia fue la 1018, de septiembre del 1995, cuando era presidida por Néstor Contín Aybar contra una acción que buscaba declarar nula la ley que declaró la necesidad de la reforma constitucional del 1994.
En el 2010, cuando el máximo tribunal de justicia lo encabezaba Jorge Subero Isa, se emitió la sentencia 17, de agosto de ese año contra un recurso que dejaría sin efecto la reforma constitucional del 2010. Anterior a ese fallo, en el 2002, la SCJ también presidida por Subero Isa, dictó la sentencia en la que establece que la Constitución solo puede ser reformada en la forma que ella misma indica, en respuesta a una acción que tenía por objeto anular la ley que declaró la necesidad de la reforma de ese año.
El Artículo 277 de la Constitución establece que las decisiones emitidas por la SCJ no pueden ser examinadas por el Tribunal Constitucional.
El Constitucional tomó la decisión de declarar inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad contra la vigésima disposición transitoria de la Constitución en una sesión ordinaria el pasado viernes 31 de agosto. El expediente 01-2018-0003 fue declarado de urgencia y aprobado a unanimidad por los 12 jueces que asistieron a la sesión. La magistrada Katia Miguelina Jiménez no estuvo porque se encuentra de vacaciones.
Sobre la decisión del Supremo, el expresidente de la Suprema, Jorge Subero Isa, declaró que aunque las decisiones del Constitucional se pueden variar siempre que estén bien motivadas.
“Como principio general, las decisiones del Tribunal Constitucional constituyen precedentes que todos debemos respetar y someternos a ellos. Sin embargo, dando motivos pertinentes, esos mismos precedentes pueden ser variados por el propio tribunal, y adoptar en consecuencia una posición diferente a la anterior”, expresó.
Tendrían 7 meses para cambiar la Constitución
El presidente Medina declaró recientemente que será en marzo del 2019 cuando comunicará al país su decisión de si optará de nuevo por un nuevo mandato presidencial, a pesar de que la Constitución se lo prohíbe. El periodo de tiempo que tiene para eso es de 7 meses, por lo que él y sus colaboradores del PLD tendrán que lograr los votos que le faltan en el Congreso y construir un discurso creíble para cambiar la Constitución que ellos reformaron.