El Pleno de la Junta Central Electoral remitió este jueves al Tribunal Constitucional la opinión solicitada con relación a la Acción de Inconstitucionalidad interpuesta por el abogado Daniel Beltré Acosta, que podría definir la candidatura presidencial de Leonel Fernández.
Los artículos que ataca Beltré Acosta son de las leyes electorales: el artículo 134, en su numeral 4 de la Ley 15/19 y el 49 de la Ley 33/18 y el Reglamento número 10 dictado por la Junta sobre los candidatos escogidos por asambleas o convenciones.
El organismo electoral sostuvo que tratándose de posiciones legales, que conforme a la más sana doctrina están revestidas de una presunción de constitucionalidad, “ese aspecto no puede ser dilucidado por esta Junta Central Electoral, en tanto la misma no es un tribunal del orden judicial”.
El pasado 8 de noviembre el presidente del TC, Milton Ray Guevara, pidió a la JCE su opinión acerca de la acción incoada por Beltré Acosta dándole como plazo hasta el 8 de diciembre a la institución para que fijara su posición.
Varios días después, la Junta se abstuvo de aceptar o no la candidatura de Fernández hasta tanto el TC no decidiera sobre esa acción directa e inconstitucionalidad. En consecuencia, es órgano supremo quien tiene la última palabra.