La Junta Central Electoral (JCE) aprobó la resolución 73-2023 que establece el alcance y las condiciones para la implementación del programa de “Voto Accesible” en las Elecciones Generales Ordinarias del año 2024.
Este programa está destinado a facilitar y asegurar el ejercicio del sufragio activo de las personas con discapacidad y los adultos mayores que, según su condición requieran medidas y acciones especiales por parte de los órganos de la administración Electoral que les garanticen el acceso para el ejercicio efectivo de este derecho.
En el artículo 2 la referida resolución establece que las disposiciones sobre el tema son de aplicación obligatoria para todo el personal Interviniente en el proceso electoral, incluidos los miembros de las Juntas Electorales, Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (Oclee), colegios electorales, la Policía Militar Electoral y el personal de la Junta Central Electoral.
Voto en Casa, es el programa piloto destinado al ejercicio del sufragio activo en los domicilios de las personas que, por motivo de discapacidad física severa, condición motora severa o motivos graves de salud, no puedan acudir a su colegio electoral en las fechas señaladas para la celebración de las elecciones.
Este programa será implementado, de manera exclusiva y como piloto, en las Elecciones Generales Ordinarias del año 2024 y en una eventual segunda vuelta si se produjera en las demarcaciones correspondientes al Distrito Nacional y la Provincia Santo Domingo.
En un párrafo, la resolución 73-2023 establece que el horario de votación del Voto en Casa corresponderá al establecido para las Elecciones Ordinarias que tendrán lugar en 2024.
Requisitos
El documento firmado por el Pleno de la JCE, indica que para ser beneficiario del programa, el elector deberá completar formulario de solicitud de Voto en Casa, presentar una copia de la cédula de identidad y electoral y la constancia de salud correspondiente.
Además, la persona solicitante deberá corroborar su condición mediante un certificado médico que detalle la imposibilidad de desplazamiento o movilidad. Además debe presentar un certificado de discapacidad emitido por el Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis).
Los beneficiarios de Voto en Casa deberán tener domicilio registrado en la demarcación donde se estará implementado el programa piloto, y pertenecer a uno de los colegios electorales de la zona.
Mesa técnica de la JCE evaluará solicitudes
La resolución 2023 indica que una vez completado el proceso de inscripción del Programa Voto en Casa, la Mesa Técnica del Voto Accesible de la Junta Central Electoral realizará la verificación del cumplimiento de los requerimientos establecidos en el artículo 5 de la presente resolución. Una vez validadas las personas solicitantes, la Junta Central Electoral emitirá una lista con las personas beneficiarias del programa Voto en Casa.