Hoepelman asegura que Ley de Partidos y Electoral procura impedir el transfuguismo

El abogado, José Martínez Hoepelman, entiende que a partir de un análisis de las disposiciones tanto en la Ley de Partidos como en la Ley de Régimen Electoral, cualquier ciudadano que haya participado y perdido como precandidato en los procesos internos de un partido, está impedido legalmente para ser candidato en las elecciones del 2020.

“No quisiera analizar este tema desde el ámbito de una persona en particular sino desde la condición de cualquier ciudadano, tomemos en cuenta que los derechos y garantías  fundamentales pueden ser regulados de conformidad con la ley. Desde el análisis de ambas leyes, aunque reconozco algún tipo de ambigüedad en la redacción por la aplicación de conceptos alternos sin especificación, pudiera generar algún tipo de confusión que puede ser salvada con el análisis general de las normas y las actas que dieron lugar a esas leyes, y a partir de ahí cualquier ciudadano que haya ejercido ya esos derechos, no puede ser candidato en las próximas elecciones”, estableció  Martínez Hoepelman.

Manifestó su posición en un panel de abogados en el que también participaron Sigmund Freund y Julio Cury en el programa “Edición Nocturna” que conducen los periodistas Miguel Guerrero y Héctor Marte Pérez en CDN 37.

Julio Cury, que aunque también reconoce “imprecisiones” cometidas por los legisladores al momento de redactar estas leyes electorales, argumentó que cuando “una norma no puede determinar el sentido de alcance por lo que establece de manera literal, hay que recurrir forzosamente a los demás métodos de interpretación: el sistemático, el teleológico y el histórico. Me quedaré con el sistemático, que es el contexto en el que se aplican estas leyes, en este caso el artículo 49, donde se establecen claramente las figuras de los precandidatos y las precampañas, que fue lo que sucedió en las primarias del 6 de octubre”.

De su lado, Sigmund Freund, sostiene que en virtud de lo que establece la Ley, cualquier persona que haya participado en un proceso de primarias internas en una organización, puede ser candidato por otro partido con miras a las elecciones municipales, congresionales y presidenciales del próximo año.

Martínez Hoepelman reiteró que está claro que, con estas leyes, el legislador quiso ponerle una limitante al transfuguismo que históricamente se ha producido en el sistema de partido dominicano.

“Lo que usualmente ocurre es que aquel que va a una pugna interna, y no era elegido en proceso interno en una convención de delegados, por ejemplo, y quedaba con una minoría, desconforme se iba a otro partido. Como consecuencia de eso, el legislador ha establecido esta limitante que, a mi entender, ni es irrazonable ni es desproporcionada, porque no se trata de un requisito previo para optar por la candidatura presidencial como se ha querido establecer, sino se trata pura y simplemente de una consecuencia de haber ejercido el derecho fundamental de ser elegible”, comentó Hoepelman.

 

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