Santo Domingo.- El Grupo empresarial norteamericano Transcor defendió el contrato suscrito por su empresa socia Transcore Latam con el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), para la mejoría del Centro de Control de Tráfico y la red semafórica del Gran Santo Domingo.
Ray Cuesta, vicepresidente de Soluciones de Tránsito y Tecnología Vial de Transcor LP, argumentó que el proyecto licitado y ejecutado por Transcore LATAM SRL, hará que República Dominicana se coloque a la cabeza de los estándares internacionales, propios del siglo XXI.
Cuesta aseguró que es la primera vez que en una solución tecnológica de gestión de tránsito se integran dispositivos de regulación procedentes de diferentes proveedores.
Explicó que esto es de suma importancia, ya que “no se tiran a la basura los que funcionan y ya están pagados con dinero público y son propiedad del Estado dominicano”.
Manifestó la profunda decepción del grupo empresarial frente a las decisiones tomadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana (DGCP), “que afectan directamente a nuestra empresa, a su prestigio internacional, pues actualmente tenemos varios proyectos en marcha de investigación y desarrollo en el campo de la movilidad y tecnología del tránsito”.
“En Transcor LP nos mantenemos firmes en nuestro compromiso con la legalidad, la transparencia y la mejora continua de los sistemas de Movilidad, tráfico y seguridad vial. Actuaremos decididamente para salvaguardar nuestra integridad y la de nuestros socios frente a cualquier acto que busque socavar los principios por los cuales nos regimos”, expresó Cuesta.
Denuncias
La DGCP suspendió el contrato entre el Intrant y Transcore LATAM, S.R.L por supuestas irregularidades en el proceso de licitación.
La decisión estuvo contenida en la resolución RIC-156-2023, emitida en fecha 27 de octubre, la cual se encuentra disponible para su consulta en la sección Marco Legal de la página institucional de la DGCP.
Mediante una nota de prensa, Contrataciones Públicas detalló que tras analizar los documentos que integran el expediente administrativo del procedimiento Núm. INTRANT-CCC-LPN-2023-0001 que consta en el portal transaccional y verificar los documentos recopilados con ocasión de los reclamos y denuncias presentados ante el órgano rector, se constató la existencia de los tres elementos que permiten la adopción de una medida cautelar de oficio.