Una circular firmada por el Ministerio de Administración Pública y la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) instruye a las oficinas de Recursos Humanos de las instituciones públicas a que coordinen con la firman circular sobre Seguridad Social sobre sus derechos y beneficios de seguridad social.

Se trata de la circular No. 004477 , firmada por el Ministro de Administración Pública, Sigmund Freund Mena, y el director de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Elías Báez.

“Las áreas de Recursos Humanos de las instituciones públicas deberán coordinar con la DIDA para recibir las orientaciones necesarias sobre los beneficios del Sistema Dominicano de Seguridad Social y puedan acceder de manera oportuna a los derechos contemplados en la ley”, dijo Freund en el acto de firma de la circular conjunta.

Asimismo, las entidades deberán gestionar la capacitación de su personal a través de los canales oficiales de la DIDA, asegurando una formación clara y efectiva sobre sus derechos y opciones en materia de seguridad social.

De su parte Elías Báez manifestó: “Esta medida impactará a más de 565 mil empleados públicos cotizantes al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y sus familias, garantizando que no se les vulneren sus derechos en salud, pensiones y riesgos laborales”.

Báez destacó que, en el ámbito de la salud, la circular tiene como objetivo empoderar a los servidores públicos para que conozcan y ejerzan sus derechos.

A través del programa ¡Ya no estás solo: DIDA 24 horas contigo!, se busca prevenir cobros indebidos, exigencias de depósitos o anticipos en situaciones de emergencia, hospitalización, cirugías y atenciones de alto costo.

La DIDA y compromiso con las pensiones

En materia de pensiones, se establece el compromiso de velar por el reconocimiento de los derechos adquiridos de aquellos empleados públicos que actualmente cotizan en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y que califican, según lo dispuesto en la Ley No. 379-81, para retornar al Sistema de Reparto Estatal.Esto asegurará que puedan recibir una pensión.

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