El senador por San Juan, Félix Bautista, pide con urgencia que el Congreso Nacional se aboque a aprobar el proyecto legislativo que introduce modificaciones a la Ley 76-02, que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana.

El legislador de Fuerza del Pueblo (FP), quien reintrodujo la pieza, hace la petición en el marco de que el órgano bicameral dé fiel cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anularía la Ley 10-15 y otorgó un plazo de un año a los senadores y diputados para la aprobación de la nueva legislación.

“Eso impone la celeridad del Congreso de la aprobación de la norma, ya que si en el plazo del año no se aprueba, entonces los 111 artículos de la Ley 10-15 quedarán sin efecto, y por tanto hay que asumir el Código anterior, del año 2002. Por tanto, es urgente que el Congreso se aboque a aprobar la ley”, indicó Bautista ayer al conversar con elCaribe.

De acuerdo con el argumento de la alta corte, la inconstitucionalidad de la Ley 10-15 se debe a vicios de forma detectados en su procedimiento de aprobación, por ser sancionada únicamente por el Senado sin la ratificación de la Cámara de Diputados. Sin embargo, esto es rechazado por el senador de San Juan, quien dice que el TC comete un error, porque no fue como plantea.

El pliego legislativo que busca “salvar” 111 artículos del Código Procesal Penal actual fue sometido en la Cámara Alta el pasado 11 de diciembre y remitido a la Comisión Permanente de Justicia para su estudio. El Código tiene un total de 449 artículos.

Error del TC

Sobre el fallo del TC, el congresista recuerda que el órgano extrapoder se equivoca al decir que el Senado aprobó las observaciones que hizo el Poder Ejecutivo a la legislación, y que lo hizo por unanimidad.

Aclara, además, que esa aprobación que hizo la Cámara Alta para que la pieza sea enviada a la Comisión Permanente de Justicia para su estudio y ponderación”.

Avalado en el artículo 103 de la Constitución, precisa que debido a que la iniciativa observada tardó dos legislaturas consecutivas en la comisión sin que se tomara una decisión al respecto, las observaciones se dieron por acogidas.

“Toda ley observada por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional tiene un plazo de dos legislaturas ordinarias para decidir, de lo contrario se considerará aceptada la observación”, consigna la Ley Suprema en el referido artículo.

Artículo 291 del CPP

Félix Bautista, en la propuesta de ley que sometió, también asume la sentencia exhortativa 0766/2024, del Tribunal Constitucional, relativa a la modificación al artículo 291 del Código Procesal Penal, referente al secreto total o parcial de las investigaciones del Ministerio Público cuando no se ha solicitado medidas de coerción ni anticipo de prueba contra el imputado.

“De modo que, en esa propuesta de ley estamos no solamente reintroduciendo los 111 artículos de la Ley 10-15 que modificó el Código Procesal Penal, sino asumiendo también una sentencia exhortativa del TC, en lo relativo a las investigaciones del Ministerio Público, que tiene que ver con el secreto total o parcial de las investigaciones”, sostuvo.

El Congreso Nacional deberá aprobar la pieza legislativa antes de diciembre del año 2025.

Exhorta a subsanar la inconstitucionalidad

La abrogada ley por sentencia del TC introduce modificaciones a la 76-02, del 19 de julio de 2002, que encierra aspectos fundamentales de la investigación y la acción penal tanto pública como privada.

El órgano extrapoder exhorta al Congreso a que, en el ejercicio de sus atribuciones legislativas, elabore una nueva normativa que subsane la situación de inconstitucionalidad formal que afecta a la Ley 10-15.

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