De acuerdo con las estadísticas de la Procuraduría General de la República durante los últimos tres años se han registrado en el país 18 mil 829 denuncias de delitos sexuales, de los cuales 5 mil 871 son de agresión, 3 mil 674 de violación y mil 935 de acoso. En el caso de la agresión sexual en el año 2020 fueron interpuestas mil 677 querellas.
Algunas de esas denuncias han girado alrededor de altos funcionarios de la actual gestión administrativa del Partido Revolucionario Moderno (PRM), servidores públicos que actualmente se encuentran suspendidos y otros cancelados de sus cargos en espera de los resultados de las investigaciones judiciales.
Sin embargo no solo el PRM arrastra con esas manchas de inmoralidad sino también el Partido de la Liberación Dominicana PLD, el cual resultó salpicado en el año 2019.
Dentro de los escándalos más recientes están el del suspendido director del Instituto Agrario Dominicano (IAD), Leonardo Faña y el coordinador de la Dirección General de Aduanas, Antonio Gómez Díaz, ambos dirigentes del PRM.
Faña acusado de presunta agresión sexual por la directora financiera de la entidad, María Isabel Flores Encarnación.
Según Flores el pasado cuatro de enero, el funcionario le brindó una bebida después de que ambos hicieron una parada en un restaurante del municipio de Bonao con la cual perdió el conocimiento, y cuando recobró la conciencia, solo pudo ver cómo el funcionario estaba tocando y besándo, sin su consentimiento, partes íntimas de su cuerpo.
En el caso de Gómez Díaz, este fue arrestado el pasado domingo 31 de enero en Santiago, acusado por una empleada de violación sexual y acoso.
Gómez Díaz se encuentra detenido en la carcelita del Palacio de Justicia de Santiago, donde espera conocimiento de medida de coerción el próximo martes 16 de febrero.
La Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de Santiago, encabezada por la magistrada Cristina Ramírez, informó que, a partir de las informaciones y evidencias recolectadas en la investigación, el Ministerio Público solicitó dos órdenes de arresto por separado contra Gómez Díaz.
En 2019 en la gestión del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) el director nacional de Fronteras Donni Santana Cuevas, fue condenado por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional a 20 años prisión por abuso sexual e incesto contra su hijastra de 11 años.
Mientras que en marzo de ese mismo año el exdiputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por Montecristi, Bernardo Alemán, fue acusado por su vinculación a delitos sexuales y violencia intrafamiliar contra dos jóvenes de 16 años.
El exlegislador le allanaron su residencia por la institución del sistema de justicia que explicó que este caso se inicia ante denuncias formales de dos familias afectadas.
Código penal
Una agresión sexual como cualquier tipo de violencia de naturaleza sexual cometida contra otra persona, atacando su libertad sexual. Aunque la agresión sexual esté asociada al crimen de violación, puede cubrir otros tipos de violencia que generalmente no encajan en la definición de violación,
Este delito está definido en el Código Penal Dominicano en su artículo 330 como. “Toda acción sexual cometida con violencia, constreñimiento, amenaza, sorpresa, o engaño”.
Mientras que el acoso está conceptualizado como en el Código Penal Dominicano Ley 24-97 como toda orden, amenaza, constreñimiento u ofrecimiento destinado a obtener favores de naturaleza sexual, realizado por una persona (hombre o mujer) que abusa de la autoridad que le confieren sus funciones. El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue, asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, comete el delito de acoso sexual.
El artículo 303-2 del Código Penal establece las siguientes sanciones toda agresión sexual, precedida o acompañada de actos de tortura o barbarie, se castiga con reclusión de diez a veinte años y multa de cien mil a doscientos mil pesos.