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Santo Domingo.- Similar a como se hizo en el Senado, la Cámara de Diputados aprobó este martes sin leer en primera lectura el proyecto de reforma al Código Penal de la República Dominicana, el cual no incluye las tres causales del aborto.

La pieza, sancionada en la Cámara Alta la semana pasada, contó con el voto favorable de 100 diputados, nueve que se opusieron y 26 que se abstuvieron de emitir el sufragio.

De la pieza ser refrendada en segunda lectura sin modificaciones, será ley y pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación; de la legislación ser reformada, volverá al Senado para su conocimiento, que de ser aprobada, también será ley.

El presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco, sometió la moción para que el proyecto sea liberado de lectura y debatido, para luego ser remitido a una comisión especial a fin de que sea revisado artículo por artículo. Precisó que la norma tiene 23 años dando vueltas en el Congreso y está la intención de que sea sancionada antes del 25 julio, cuando cierra la actual legislatura.

Ante esto, el congresista fue objetado por algunos legisladores de la oposición, entre ellos Gustavo Sánchez, José Horacio Rodríguez y Rafael Castillo, de los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Opción Democrática (OD) y Fuerza del Pueblo (FP), quienes pedían que el código sea leído de manera íntegra o remitido a estudio de una comisión para ser conocido a detalles.

A pesar de la advertencia de Sánchez, quien aseguró que los medios de comunicación se harían eco de ello, al decir “lo aprobaron (el nuevo Código) sin leer”, Pacheco sometió su propuesta, que fue acogida por 96 legisladores y rechazada por 13; hubo 24 diputados que no votaron.

El presidente del ala congresual explicó que el nuevo marco legislativo será remitido este jueves a una comisión especial presidida por el diputado perremeísta Alexis Jiménez, para ser conocido a profundidad, leído y debatido en el hemiciclo. Ponderó que si hay que modificar algún artículo del proyecto “de forma razonable”, se hará.

El controversial documento legal de 419 artículos será estudiado conjuntamente con los dos proyectos que sometieron los diputados Magda Rodríguez (PLD) y José Horacio Rodríguez; así como Rafaela (Lila) Alburquerque (PRSC) y Sodoky Duarte (PRM).

“Pretendemos que en el día de hoy se den algunos debates, no los definitivos, porque no pretendemos que esta pieza se apruebe en el día de hoy definitivamente sino que demos un paso más de avance”, sostuvo Pacheco.

Nuevos tipos penales

El proyecto que modifica el Código Penal establece 72 nuevos artículos que penalizan el sicariato, feminicidio, genocidio, bullying, daño con sustancias químicas (ácido del diablo), sobornos públicos y judiciales, el acoso, la corrupción, violencia intrafamiliar.

La pieza, cuyo proponente principal es el senador Ramón Genao (PRSC-La Vega), incrementa la pena máxima de 30 a 40 años. También establece el cúmulo de penas de hasta 60 años.

Se recuerda que fueron nueve los artículos que modificó el Senado de la República antes de aprobar en segunda lectura el proyecto de reforma al Código Penal: ocho en medio de la sesión y uno ese mismo día, en el seno de la comisión especial que estudió la pieza. Se trata de los artículos 14, 123, 135, 136, 159, 160, 185, 188 y 226.

El pliego legislativo regula nuevos tipos penales, y reforma de manera integral el derecho penal dominicano con el propósito de proveer soluciones a la justicia para un mejor funcionamiento de legalidad, equidad y razonabilidad.

El Código Penal vigente fue promulgado mediante el Decreto-Ley No. 2274 el 20 de agosto de 1884, tomando como base el código elaborado por Napoleón Bonaparte para el imperio francés en el siglo XX.

Las modificaciones a la normativa contemplan el castigo al hostigamiento o “bullying”, como conductas que se sancionarán con medidas socio-educativas, prisión menor y multas. En caso de reincidencia por una persona mayor de edad se sancionará con prisión mayor.

Incluye también el castigo de la violencia de género con pena mayor a quien provoque daño físico, sexual o psicológico a una persona mediante el empleo de fuerza física o violencia económica, patrimonial, psicológica y verbal.

Entre las novedades de esta nueva ley, se incluye el castigo a la figura del sicariato de manera directa o indirecta, y será sancionada con la pena máxima; se incluye también con penas de hasta 30 años a quien provoque daños con sustancias químicas a otras personas con el propósito de herirla, lesionarla o mutilarla.

Además, figura la sanción con penas graves al acoso agravado; y el abandono de una persona adulta que no puede protegerse, el cual se penalizará con tres años de prisión; y si dicho abandono causa la muerte, aumentará hasta con diez años.

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