El Tribunal Constitucional tiene cuatro nuevos jueces en su entidad, los cuales fueron escogidos tras un proceso de evaluación llevado acabo por el Consejo Nacional de la Magistratura.
El Tribunal Constitucional está compuesto por 13 miembros que se denominan jueces, quienes permanecen en su cargo por un único período de nueve años.
La Constitución y la Ley núm. 137-11 establecen un mecanismo para la renovación gradual de la composición del Tribunal Constitucional cada tres años.
El Tribunal tiene como competencia material garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional, el respeto a la dignidad humana y la protección efectiva de los derechos fundamentales para consolidar el Estado social y democrático de derecho”.
Además tiene competencia para conocer en única instancia:
Las acciones directas de inconstitucionalidad contra las leyes, decretos, reglamentos, resoluciones y ordenanzas, a instancia del presidente de la República, de una tercera parte de los miembros del Senado o de la Cámara de Diputados y de cualquier persona con interés legítimo y jurídicamente protegido;
El control preventivo de los tratados internacionales antes de su ratificación por el órgano legislativo;
Los conflictos de competencia entre los poderes públicos, a instancia de uno de sus titulares.
Los recursos de revisión que se interpongan contra las decisiones jurisdiccionales que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada con posterioridad al 26 de enero de 2010, y en los casos previstos por la Ley 137-11.
Los recursos de revisión que se interpongan en relación con sentencias dictadas en materia de amparo.