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La comisión bicameral apoderada del proyecto de ley sobre juicios de extinción de dominio para el decomiso civil de bienes ilícitos, acordó establecer la prescripción hasta un plazo de 20 años que deberá contarse a partir de la aplicación de la ley, en caso de ser aprobada.
La información la dio a conocer ayer el senador Pedro Catrain, presidente de esa comitiva, tras reunirse con los miembros de la misma en el Salón Charles Summer del Senado de la República.
Catrain explicó que acabaron de conocer todos los artículos de la legislación y hay algunos aspectos pendientes para fines de redacción alterna, “aspecto que no tenemos controversia, pero necesitan que se afine la redacción.
Según adelantó, con el tema de la prescripción no tienen ninguna discrepancia, porque la Constitución, en su artículo 145, pone un techo a los legisladores, que solamente pueden legislar sobre plazos que lleguen hasta 20 años. “Si la prescripción va a tener ese plazo, las acciones tendrán que desarrollarse en el tiempo hacia adelante durante 20 años”, sostuvo.
Adelantó que en el proyecto de ley no hay irretroactividad sino “retrospectividad, que es otro concepto” y señaló que la retrospectividad no está contemplada en el artículo 110 de la Constitución.
El concepto de la retrospectividad es cuando se aplica una legislación desde que esta se promulga a situaciones que estuvieron regidas por una norma anterior, pero que sus efectos jurídicos no se concretizaron al momento de entrar a regir la nueva ley. En otras palabras, con la retrospectividad podrían incautarse bienes ilícitos de pasadas gestiones gubernamentales.
“De modo que todo bien ilícito en cualquier tiempo entra dentro de la ley de extinción de dominio. Ese es el criterio que yo entiendo y que se debe seguir, pero eso está sujeto a una discusión en la comisión mucho más amplia”, detalló el representante de Samaná, al indicar que la comisión aún no ha acogido esta propuesta.
La próxima reunión será este martes a las 3:00 de la tarde.