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Santo Domingo.- La Cámara de Diputados aprobó de urgencia, en segunda lectura, el proyecto de ley que crea el Programa Nacional de Audición e Intervención de la Hipoacusia para la población infantil y adulta de la República Dominicana.

La pieza tiene por objeto crear el Programa Nacional de Audición e Intervención de la Hipoacusia para la población infantil y adulta del país, a fin de prevenir, detectar, atender y dar seguimiento de la hipoacusia, que es el déficit funcional debido a una disminución de la capacidad auditiva.

El proyecto de ley, cuyo proponente es el diputado Juan Julio Campos Ventura, del Partido de la Liberación Dominicana, pasará al Senado para su revisión, que de aprobarse sin cambios, irá al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.

El artículo tres de la legislación explica que la hipoacusia es un proceso neurosensorial infantil que se desarrolla en el denominado “período crítico del desarrollo del lenguaje”, que se da principalmente durante los primeros tres años de vida. A partir de esta edad, la capacidad de realizar estos procesos disminuye en forma progresiva, siendo mínima después de los seis años.

La enfermedad se puede clasificar por la alteración auditiva permanente; alteración auditiva temporal; alteración auditiva fluctuante; alteración auditiva progresiva; alteración auditiva gradual; alteración auditiva bilateral y la alteración auditiva unilateral.

El programa estará adscrito al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y busca llevar a cabo lo referente a la intervención, docencia, prevención, detección y atención temprana de la hipoacusia; y coordinar las campañas de educación y prevención de la hipoacusia tendentes a la concienciación sobre la importancia de la realización de los estudios diagnósticos tempranos.

También es parte del propósito planificar la capacitación de recursos humanos en las prácticas diagnósticas y tecnología adecuada; suministrar de manera gratuita las prótesis y audífonos a los nacidos en los hospitales públicos, o incluidos en el catálogo de servicios de cada Aseguradoras de Riesgos de Salud (ARS). Entre otros objetivos.

Consejo Directivo


Se creará el Consejo Directivo del Programa Nacional de Detección de la Audición e Intervención Temprana de la Hipoacusia, para dar seguimiento a la aplicación del programa en todos los centros de salud del país.

El mismo estará integrado por el ministro de Salud Pública, quien lo presidirá; el director del Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia; el presidente de la Sociedad Dominicana de Otorrinolaringología; el presidente de la Sociedad Dominicana de Pediatría; el presidente de la Sociedad Dominicana de Perinatología; el director del Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis); el presidente del Colegio Médico Dominicano; el presidente del Consejo Nacional de Estancias Infantiles; y el ministro de Educación.

Fondos

Los fondos económicos para la implementación de la iniciativa, se consignarán en el Presupuesto General del Estado, en el capítulo correspondiente al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS).

Una vez ejecutada la implementación del programa, este será financiado de manera mixta según se incorporen a sus respectivos planes de salud, según los prestadores y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Más sobre la hipoacusia

En sus considerandos, el proyecto de ley explica que la hipoacusia es la disminución de la capacidad auditiva que puede ser hereditaria o genética atribuida a una mutación en el gen GJB2; adquiridas por causas sobrevenida por afectación en el periodo fetal, por lesión que acontece en el momento del parto o por daños que ocurre a lo largo de la vida.

La hipoacusia puede ser conductiva o de transmisión, que ocurre con la disminución de la audición por alteración en la trasmisión del sonido neurosensorial, por disminución de la audición, alteración en los mecanismos celulares o neurales. Además, ocurre por lesiones en el órgano de Corti, en las vías auditivas y en el córtex cerebral auditivo.

Esta enfermedad puede suceder antes, durante y después de la adquisición del lenguaje.

La pérdida auditiva neurosensorial conductiva o mixta adquirida, afecta al cinco coma tres por ciento de la población, al quince por ciento de los adultos y a más del veinticinco por ciento de las personas mayores de cincuenta y cinco años.

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