La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) alertó ayer sobre aspectos que le generan preocupación sobre el proyecto de ley de extinción de dominio que fue aprobado por el Senado en segunda lectura.
Entre los puntos que señaló figuran el de la garantía de las propiedades que sean objeto de cuestionamientos porque afecta el derecho de seguridad jurídica y el principio de legalidad.
“Resulta preocupante, la disposición contenida en el proyecto de ley con relación a los bienes fungibles al establecer que procederá la venta anticipada de bienes asegurados cuando la enajenación sea necesaria, dada la naturaleza del bien que se encuentra sujeto al proceso de extinción de dominio. Lo anterior incorpora una medida vaga e imprecisa que genera incertidumbre en cuanto a su aplicación, pues revela una descripción ambigua relativa a las características de dichos bienes, por lo cual conculca el derecho de seguridad jurídica y el principio de legalidad”, establece la Finjus en un comunicado suscrito por el vicepresidente ejecutivo de la institución, Servio Tulio Castaños Guzmán.
La entidad recomendó que se debe analizar si la venta anticipada de bienes por parte del Estado en el ejercicio de la acción, implica un justo equilibrio entre el interés público que se persigue con la acción de extinción de dominio y los derechos de propiedad y de seguridad jurídica que tutela la Constitución.
Igualmente señala que le preocupa es lo dispuesto con relación a la venta anticipada de bienes. “Debe destacarse que, si bien el derecho a la propiedad no es absoluto, la facultad del Estado para apuntar a la venta anticipada de bienes sin que medie una sentencia firme no puede tener márgenes de arbitrariedad”, dice.
Considera que una norma como la contenida en el proyecto de ley no debe estar guiada por urgencias externas a principios jurídicos y constitucionales, sino que deberá velarse para que plasme la extinción de dominio como una consecuencia jurídico-patrimonial autónoma. Agrega que esa normativa se debe desarrollar mediante el ejercicio de acción de naturaleza judicial de forma independiente de quien sea su titular.
Dice que siempre ha apoyado se apruebe ley
El documento de la Finjus señala que siempre han apoyado los esfuerzos dirigidos a dotar al país de una legislación que instituya la figura jurídica de extinción de dominio de conformidad con el mandato expreso del artículo 51, párrafo seis de la Constitución. Sostiene que a lo largo de las discusiones han hecho sugerencias para que sean ponderados aspectos sustanciales en su configuración normativa que persigan la criminalidad organizada.