SANTO DOMINGO.- El Ministerio Público apeló la sentencia absolutoria emitida el pasado 20 de mayo por el Tribunal Colegiado de San Pedro de Macorís a favor de Julio de los Santos Bautista (Julito Kilo), quien fue identificado por el órgano acusador como el principal cabecilla de una red que se dedicaba al lavado de activos proveniente del narcotráfico nacional e internacional.
Al ofrecer la información a través de un comunicado de prensa, el Ministerio Público explicó que apeló la sentencia que descargó a Julito Kilo y a su testaferro Ravel Santana Robles (exjugador de Grandes Ligas).
Se recuerda que por este caso el Tribunal Colegiado de San Pedro de Macorís condenó a la pena de 20 años de prisión a los colombianos Erly Sierra Bonilla y Omar Atencio Vargas, mientras que descargó a Julito Kilo y a Ravel Santana, por lo que el Ministerio Público busca que se revoque la decisión adoptada a favor de éstos dos últimos.
El grupo fue procesado por el tráfico de 953.87 kilogramos de cocaína que fueron decomisados en el año 2016 en la localidad de Juan Dolio, San Pedro de Macorís.
En la apelación hecha por el órgano acusador ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, se hace constar que en la sentencia del Tribunal Colegiado de esta jurisdicción hubo una valoración errónea e insuficiente de los elementos de prueba ofertados por el Ministerio Público y por la defensa técnica de los encartados.
En ese sentido, indicó que los razonamientos sobre los que se pretende excluir de responsabilidad penal a los imputados Julio de los Santos Bautista y Ravel Santana Robles en la decisión impugnada, carecen de asidero fáctico-jurídico al establecer que no se comprobó el crimen de lavado de activos, cuando el Ministerio Público sí demostró con más de 150 pruebas su vinculación a esa actividad delictiva.
Detalló que durante el juicio contra los encartados fueron presentadas 118 pruebas documentales, 24 testimoniales y nueve pruebas materiales, incluyendo la embarcación eduardoño donde fue traída la droga y otra embarcación tipo pesquera propiedad de Julito Kilo que sería utilizada en la actividad delictiva, las cuales vinculan a los encartados a los delitos por los que fueron procesados.
En torno a los hechos que habrían cometido Julio de los Santos Bautista y Ravel Santana Robles, la apelación establece que se encuentran expresamente tipificados como violación a los artículos 3 letra b) y c), 4, 7 letra d), 8 letra b, 21 literales a y b y 26 de la Ley No. 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Narcotráfico, en perjuicio del Estado dominicano.