El abogado del exministro de Hacienda, Donald Guerrero, afirmó que desde el año 2021 su cliente, de manera voluntaria, notificaba por escrito a la Procuraduría General de la República cada una de sus entradas y salidas del país, lo que demuestra su actitud de colaboración plena con la investigación.
Eduardo Núñez indicó que, desde que Donald Guerrero tuvo conocimiento de que era objeto de una investigación por parte de la Procuraduría, decidió de manera diligente y por iniciativa propia “notificar sus movimientos migratorios, tal como demuestran las comunicaciones oficiales dirigidas a la Procuraduría General de la República y la Certificación Para Fines Judiciales emitida por la Dirección General de Migración”.
Afirmó que esto se hacía de manera detallada y con anticipación.
Precisó, además, que Donald Guerrero aportó numerosas pruebas a la investigación y no intentó obstaculizarla en forma alguna y que durante los años 2021, 2022 y 2023, Guerrero envió comunicaciones con las fechas de entrada y salida, así como los motivos de cada viaje a la Procuraduría General de la República.
Manifestó que un hecho que comprueba el compromiso de Donald Guerrero con la investigación es la solicitud de acceso a la carpeta fiscal que realizó el exministro en el año 2022.
“La misma procuradora Miriam German reconoció mediante una carta que esto era un derecho constitucional e instruyó a que se le entregara, pero sorprendentemente la Pepca incumplió”, dijo.
“Una persona que piensa sustraerse de la investigación no muestra interés en esta; ni tampoco notifica rigurosamente cada uno de sus movimientos”, enfatizó.
Es exagerado pedir prisión
Núñez, calificó el pedimento de prisión preventiva como una medida de coerción extrema para una persona que por un período superior a dos años y que a pesar de haber enfrentado actos coercitivos en la forma de impedimentos de salida y saberse investigado, ha comparecido cuantas veces fue citado. “Sin mencionar que contó con más de 50 oportunidades de quedarse fuera del país y no lo hizo”, puntualizó.
“Este accionar se ajusta a lo que ha sido el proceder respetuoso, transparente y de colaboración del señor Guerrero frente a la Procuraduría General de la República, aun siendo de conocimiento público la persecución en su contra”, aseguró.
De acuerdo con el artículo 234 del Código Procesal Penal, se debe proceder a la aplicación de la prisión preventiva cuando las demás medidas cautelares fueren insuficientes para asegurar los objetivos del procedimiento penal, refirió el jurista.