La legislación fue sometida el pasado 19 de junio, 16 meses después de que fuera retirada del Senado

Tras más de un año de espera, el Poder Ejecutivo reintrodujo al Congreso Nacional, vía Cámara de Diputados, la nueva versión del proyecto que modifica la Ley sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (Ley 137-03), más conocida como “Ley de Trata”.

La legislación fue sometida el pasado 19 de junio, 16 meses después de que fuera retirada por el presidente Luis Abinader del Senado de la República, que fue donde el mandatario la depositó el 12 de diciembre del 2022. El 12 de febrero de 2023 el jefe de Estado prometió que “en un plazo no mayor a los 45 días”-vencidos el 29 marzo de ese año- volvería a introducir la controversial iniciativa.

Su decisión fue en el marco de que el pliego de ley desató un mar de críticas y rechazo nacional, porque, según los sectores que se pronunciaron, ponía en “grave peligro” la autodeterminación y soberanía del país, al impedir la deportación de personas en estatus migratorio irregular en el territorio dominicano y otorgarles beneficios.

Al ofrecer la información en ese momento, el vocero y director de Estrategia y Comunicación de la Presidencia, Homero Figueroa, sostuvo que el mandatario le instruyó a retirar del Congreso Nacional el proyecto relativo a Explotación y Tráfico Ilícito de Migrantes “para lograr el consenso público necesario”.

El funcionario adelantó que la acción se hacía en respuesta a la inquietud ciudadana producida por la normativa. Reiteró, asimismo, que este gobierno no aceptará ningún acuerdo o norma que convierta a la República Dominicana en receptor de ciudadanos haitianos afectados por la inestabilidad política en Haití.

El proyecto de ley responde a un compromiso del país como signatario de varias convenciones internacionales.

De los cambios entre la pieza actual y la sometida el 12 de diciembre de 2022, destaca el título; la versión de ahora se llama: “Proyecto de ley que modifica la Ley No.137-03, del 7 de agosto de 2003, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas”. Antes de ser mejorada estaba titulada: “Proyecto de ley integral sobre trata de personas, explotación y tráfico ilícito de migrantes”.

La versión controversial fue depositada junto a otras tres iniciativas por Antoliano Peralta, consultor Jurídico del Poder Ejecutivo; Roberto Álvarez, ministro de Relaciones Exteriores; y Mayra Jiménez, ministra de la Mujer. Los funcionarios precisaron que los cuatro proyectos de ley eran parte del proceso de reformas institucionales que impulsa el Gobierno.

Se recuerda que días antes de quel jefe de Estado retirara el documento legislativo, el entonces presidente del Senado, Eduardo Estrella, explicó que la normativa respondía a modelos internacionales “exitosos en otros países”, pero por la situación migratoria particular que tiene la República Dominicana, se harían “las modificaciones necesarias” para corregir cualquier artículo que no responda al interés nacional.

Se anunció que el Ejecutivo habría dividido el proyecto de ley

El ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez, informó el 28 de julio de 2023 que el proyecto de ley fue retirado del Congreso con la intención de escuchar las legítimas preocupaciones y acoger las sugerencias pertinentes, a fin de dotar al país de una ley más efectiva en esa materia.

Destacó que el presidente de la República dividió dicho texto en dos: uno referido al tráfico ilícito de migrantes, y el otro orientado a la trata de personas. “Actualmente ambos están en manos del Poder Ejecutivo en proceso de ser consensuados con diversos sectores de la vida nacional”, señaló.

Contribución obligatoria

Uno de los aspectos más controversiales del proyecto de ley de trata depositado en el 2022 era su artículo 34, en el que se establecía que toda persona o entidad tenía que pagar una contribución especial “obligatoria” con base en sus ingresos para la prevención y persecución de la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.

La contribución es obligatoria para toda persona jurídica e institución pública o privada domiciliada en el país, amparada en cualquier régimen fiscal, independientemente de que perciban o no beneficios, según resalta el párrafo dos.

También para la atención, protección integral y repatriación de las víctimas y sobrevivientes de trata de personas; y la atención, asistencia y protección a las personas identificadas como víctimas de tráfico ilícito de migrantes conforme a los presupuestos establecidos en la presente legislación.

Los montos de contribución obligatoria serían desde RD$150.00 hasta 78 mil pesos, de acuerdo con los ingresos de la persona jurídica o entidad; serían indexados cada año, conforme a los niveles de inflación del país.

Pieza anterior ordenaba acoger a inmigrantes

Otro de los aspectos que generó el rechazo de la población en la versión anterior de la reforma a la Ley de Trata, se encontraba en el artículo 63, donde, según el numeral 12, se ordenaba gestionar la permanencia regular en el país de la víctima de la trata, explotación o tráfico ilícito, debiendo realizar los trámites necesarios “para obtener permisos migratorios y de residencia, cuando este último aplique”. Además, en los numerales 8 y 11, mandaba a proporcionar a esas víctimas alojamiento en un albergue seguro especializado, “tomando en consideración su identidad de género, orientación sexual diversa, edad y sexo”; y apoyar su inserción laboral.

Rechazo
Generó en el país el proyecto de ley integral sobre trata de personas, explotación y tráfico ilícito de migrantes.

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