El rechazo de imponerle prisión preventiva a Julio de los Santos Bautista (Julito Kilo) se debió a que el tribual consideró que la libertad del imputado no representa peligro para la sociedad ni el proceso.
La jueza Dolores Galay, de la Oficina de Atención Permanente de la provincia Santo Domingo impuso presentación periódica y una garantía económica de 500 mil pesos como medida de coerción a de los Santos Bautista y su compañero Juan Rincón Arias, acusados de porte ilegal de armas de fuego.
El caso se conocía en los tribunales del Distrito Nacional pero fue declinado hacia esta jurisdicción, ya que los agentes que detuvieron a los imputados indicaron que el apresamiento fue en un lugar siendo en otro.
En la resolución de la medida de coerción, la jueza Galay afirmó que “si bien es cierto que los alegatos y las pruebas presentadas permiten establecer alguna vinculación de los imputados y los hechos, no es menos cierto que las circunstancias particulares del caso han permitido establecer al tribunal que procede imponer medida de coerción… Por ser proporcional a los hechos y elementos de pruebas aportados y rechazar el pedimento de prisión preventiva que es la media de coerción más gravosa”.
“Que como sustentación de lo anterior debemos indicar que al momento de la solicitud de esta medida de coerción, en la cintilla de prueba presentada se verifica que los hechos de la especie, así como la presunta participación del imputado en los mismos no se enmarcan dentro de aquellos que revistan gravedad y que asimismo la libertad del justiciable no representa peligro para la víctima, la sociedad ni el proceso”, indicó.
El Ministerio Público había solicitado prisión preventiva y los abogados de los imputados la medida que le fue impuesta a los mismos.
De los Santos Bautista ha estado implicado en otros procesos judiciales. En marzo pasado fue descargado de la acusación de traficar con 919 kilos de cocaína junto a unos colombianos en San Pedro de Macorís.