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El proceso judicial por los sobornos de Odebrecht vuelve este lunes a los tribunales a ocho meses de haberse dictado sentencia, en la que fueron condenados dos imputados y los otros cuatro absueltos.

Lo que se conocerá ahora son los recursos de apelación que interpusieron el empresario Ángel Rondón y el exministro de Obras, Públicas Víctor Díaz Rúa, los dos únicos condenados a ocho y cinco años de prisión, respectivamente, quienes buscan que se revoque esta sentencia.

Por igual, se conocerá la objeción que presentó el Ministerio Público solo contra la condena de Díaz Rúa, en busca de que se le aumente a 10 años de reclusión, y el descargo emitido a favor del abogado Conrado Pittaluga, para quien piden siete años de prisión.

El órgano acusador no recurrió contra Rondón ni los otros tres descargados.

La decisión respecto a este caso la tomará la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que fue apoderada del proceso judicial en abril pasado y fijó fecha de audiencia para hoy.

¿Qué significa eso?

Lo que sucederá ahora es que los jueces de este tribunal de alzada determinarán el destino del proceso, ya que tras conocer la audiencia, pueden rechazar los recursos que entiendan y confirmar la sentencia recurrida. Por ejemplo, pueden ratificar el descargo de Pittaluga y la condena contra Rondón y Díaz Rúa quienes, aunque fueron sentenciados, no están en prisión ya que no les fue variada la medida de coerción.

O por el contrario, los jueces pueden declarar con lugar el recurso de una de las partes, en cuyo caso hay dos opciones, la primera es que dicta directamente la sentencia del caso, pudiendo absolver a los imputados o aumentar la pena.

La segunda opción es que puede ordenar, de manera excepcional, la celebración de un nuevo juicio ante un tribunal de primera instancia.

Pero, previo a esto, el tribunal de alzada, durante la audiencia, escuchará las pretensiones de los fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) y la de los abogados de los imputados, quienes deberán exponer el por qué consideran que se debe revocar las sentencias que recurrieron.

De acuerdo a lo establecido por la Código Procesal Penal, los jueces podrán interrogar a los fiscales y los defensores sobre las cuestiones planteadas en sus recursos.

Para tomar una decisión, el tribunal deberá valorar motivos invocados y examinar las actuaciones y los registros de la audiencia de juicio.

Los tres imputados que quedaron fuera del caso

Como la Pepca no apeló al descargo de los exsenadores Andrés Bautista y Tommy Galán, como tampoco la del exfuncionario Roberto Rodríguez, el proceso judicial para estos ya se acabó y no tendrán que volver a un tribunal por este caso. De acuerdo a explicaciones de juristas, como no hubo objeción por parte de los fiscales, la sentencia absolutoria emitida en octubre pasado se convirtió en definitiva y en un futuro no podrá ser modificada.

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