El miembro del consejo de defensa del exprocurador Jean Alain Rodríguez, Carlos Balcácer, reiteró ayer que el exfuncionario tiene suficientes arraigos para que se le varíe la prisión preventiva por una medida de coerción menos gravosa.

A juicio del jurista, el 29 de diciembre vence el plazo máximo de 18 meses de prisión preventiva que establece el Código Procesal Penal, debido a que el Ministerio Público apresó al exprocurador el 29 de junio del 2021. Sin embargo, indicó que existen criterios jurisprudenciales que establecen que el plazo corre a partir de la medida de coerción.

“Pero el tema no es ese. El tema es que desde los albores del proceso, la jueza de atención permanente Kenya Romero, lo primero que estableció en la resolución, es que este señor (Jean Alain) tiene demasiados arraigos. 27 documentos, desde acta de matrimonio, hijos, trabajo, profesión, domicilio, etc. La magistrada dijo que ahí no está el problema, sino que él puede obstruir la investigación y/o la gravedad del asunto”, relató en el programa Despierta CDN.

Niega obstrucción a la investigación

Sin embargo, afirmó que ni siquiera hubo “asomos de obstrucción… porque la agonía de la investigación llegó en marzo”. Asimismo, precisó que el Ministerio Público solicitó una prórroga de 4 meses y la jueza Kenya Romero le concedió 3. Sostuvo, además, que el proceso de investigación culminó el 8 de junio, por lo que dijo no entender la insistencia de mantenerlo en prisión.

“Y eso es viejo. Desde el 45 no solo se le puso límite a la prisión preventiva, sino a la duración de un proceso. Pero eso trajo una doctrina en contra, y los jueces muchas veces se dejan guiar por la doctrina. Se habla del peligro de obstrucción de la investigación y culminada la investigación, también se plantea el peligro de obstrucción del proceso”, expuso.

No obstante, puntualizó que el juez de la audiencia intermedia está para determinar si habrá o no proceso de fondo, a través de la ordenanza de no ha lugar, si no hay méritos de la acusación, o a través de un auto de apertura a juicio, lo que antes se llamaba providencia calificativa. ¿Quién se va a empecinar en obstruir este tramo que queda? ¿Quién? El Ministerio Público lo obstruyó intencionalmente cuando le entrega a Jea Alain 10 mil 300 páginas en memorias USB que abrían en unas carpetas y en otras no. Y el juez se lo dijo a Yeni Berenice Reynoso”, expresó.

Fue enfático en asegurar que Jea Alain no representa peligro de fuga.

Respecto a la acusación de presuntas amenazas a testigos, Balcácer señaló que la amenaza no es un hecho punitivo que se invente un ministerio público, sino que debe verse en el Código Penal si están constituidos los elementos que caracterizan a la amenaza.

En este sentido, explicó que las acusaciones de amenazas provienen de un “delincuente” que tiene 50 años invadiendo terrenos.

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