ESCUCHA ESTA NOTICIA
|
La audiencia para conocer la apelación del proceso judicial por los sobornos de Odebrecht, pautada para este lunes, fue aplazada para el 4 de julio próximo.
Los jueces de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Pedro Rivera, Daniel Nolasco y Nancy Joaquín, decidieron reenviar la vista a los fines de que las partes que han propuesto testigos lo citen para el referido día.
Lo que los magistrados conocerán el mes próximo son los recursos de apelación que interpusieron el empresario Ángel Rondón y el exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, los dos únicos condenados a ocho y cinco años de prisión, respectivamente, quienes buscan que se revoque esta sentencia.
Por igual, conocerán la objeción que presentó el Ministerio Público solo contra la condena de Díaz Rúa, en busca de que se le aumente a 10 años de reclusión, y el descargo emitido a favor del abogado Conrado Pittaluga, para quien piden siete años de prisión. El órgano acusador no recurrió contra Rondón ni los otros tres descargados.
Sobre el proceso, el fiscal anticorrupción Wilson Camacho se mostró confiando en que la Corte le aumentará la pena a Díaz Rúa y condenará a Pittaluga.
“La decisión que ha recurrido el Ministerio Público tiene algunas contradicciones evidentes y apreciaciones incorrectas en algunos hechos y algunas pruebas”, dijo.
Para Camacho, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), el tribunal de alzada “corregirá” las falencias que dijo tuvieron la juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional al momento de condenar a Díaz Rúa a cinco años de prisión (pedían en su contra 10 años) y de absolver a Pittaluga (contra quien solicitaron siete años de cárcel).
“Nosotros estamos convencidos de que estas cuestiones, que fueron falencias de la decisión, serán corregidas por la Corte de Apelación y serán falladas en consecuencia a favor de las pretensiones del Ministerio Público”, manifestó.
Tras conocer los recursos, los jueces de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional determinarán el destino del proceso.
Pueden rechazar los recursos que entiendan y confirmar la sentencia recurrida. Por ejemplo, pueden ratificar el descargo de Pittaluga y la condena contra Rondón y Díaz Rúa quienes, aunque fueron sentenciados, no están en prisión ya que no les fue variada la medida de coerción.
O por el contrario, los jueces pueden declarar con lugar el recurso de una de las partes, en cuyo caso hay dos opciones, la primera es que dicta directamente la sentencia del caso, pudiendo absolver a los imputados o aumentar la pena.
La segunda opción es que puede ordenar, de manera excepcional, la celebración de un nuevo juicio ante un tribunal de primera instancia.
Pero, previo a esto, el tribunal de alzada, durante la audiencia, escuchará las pretensiones de los fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) y la de los abogados de los imputados, quienes deberán exponer el por qué consideran que se debe revocar las sentencias que recurrieron.
De acuerdo a lo establecido por el Código Procesal Penal, los jueces podrán interrogar a los fiscales y los defensores sobre las cuestiones planteadas en sus recursos.
Para tomar una decisión, el tribunal deberá valorar los motivos invocados y examinar las actuaciones y los registros de la audiencia de juicio.
Por otro lado, como la Pepca no apeló al descargo de los exsenadores Andrés Bautista y Tommy Galán, como tampoco la del exfuncionario Roberto Rodríguez, el proceso judicial para estos ya se acabó y no tendrán que volver a un tribunal por este caso. De acuerdo a explicaciones de juristas, como no hubo objeción por parte de los fiscales, la sentencia absolutoria emitida en octubre pasado se convirtió en definitiva y en un futuro no podrá ser modificada.