En cada revisión el aumento absoluto ha sido menor a RD$2,000 mensual
En los últimos diez años se han hecho cinco aumentos de salarios mínimos para el sector privado no sectorizado, que nunca han superado el 20%, mirándolos de manera individual. Las revisiones se hacen bianual en el país.
Desde el año 2009 hasta la fecha, en el mejor de los casos, el incremento realizado en favor del empleado que más gana, dentro de las escalas salariales existentes, nunca ha sido mayor de los 1,580 pesos. En 7 de julio del año 2009 el Comité Nacional de Salarios (CNS), mediante la resolución 1/2009, dispuso un aumento del 15% al salario mínimo para los trabajadores del sector privado no sectorizado, efectivo a partir del primero de junio del mismo año (con retroactivo).
El aumento llevó los salarios a los siguientes niveles: Subió de 7,360 a 8,465 (1,105 pesos más) el sueldo para los que laboraban en empresas industriales, comerciales o de servicios, cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ambos elementos, igualaban o excedían la cifra de cuatro millones de pesos. Y aumentó de 5,060 a 5,820 pesos el pago para los que prestaban servicios en empresas que igualaban o excedían la cifra de dos millones. De otro lado, subió de 4,485 a 5,158 pesos el salario a los trabajadores de empresas cuyas instalaciones no superaban os dos millones de pesos y se subió la jornada laboral de 10 horas (a los “echa día” del campo) de 150 a 175 pesos diarios. Esto, sujeto a aumentarla o bajarla proporcionalmente, cuando la jornada de trabajo comprendiera un período mayor o menor de las 10 horas diarias.
En mayo del 2011 el aumento fue del 17%. Ese incremento significó una mejora de 1,440, de 990 y de 877 pesos mensuales, respectivamente, para las tres categorías de salario mínimo.
Varios días después de eso se produjo una reunión en la Torre Empresarial, sede del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), en la que se hizo un llamado a todos sus afiliados para proceder a discutir un aumento para los salarios por encima del mínimo.
El 17% reajustado aumentó para entonces el salario mínimo de la primera categoría de RD$8,465 a RD$9,905 mensual, el salario mínimo de la segunda categoría de RD$5,820 a RD$6,810 y el de la tercera categoría de RD$5,158 a RD$6,035.
Además, para los trabajadores del campo, el salario mínimo por jornada de 10 horas pasó de RD$175 a RD$205 por día. Igualmente para los vigilantes de empresas de seguridad el salario pasó de RD$7,142 a RD$8,356.
En julio del año 2013, el aumento fue del 14%, llevando a RD$11,292 mensuales el salario para los empleados que prestaban servicios en empresas que excedían la cifra de cuatro millones de pesos, en existencia y disponibilidad.
Se fijó en RD$7,763 el salario para empleados de empresas medianas y para los de pequeñas, se estableció RD$ 6,880.
Para los jornaleros del campo o zona rural se dispuso un pago de RD$234 diarios, con jornadas de 10 horas, a favor de los trabajadores del campo.
Además, el CNS fijó en RD$9,526 mensuales, el pago para los trabajadores de vigilancia en las empresas de guardianes privados.
En mayo del año 2015, luego de casi seis horas de discusiones (y seis reuniones entre los meses que llevó el debate) el CNS aprobó un aumento del 14% para el sector privado no sectorizado.
El aumento de salario del sector privado no sectorizado más reciente se hizo en el año 2017 y fue de un 20%, aplicado en dos partidas. La primera parte se aplicó en mayo de ese año (un 13%) y la segunda a partir del 15 de noviembre de 2017 (un 7% que faltaba para completar el monto general aprobado). Se hizo el ajuste dividido así a pedido de los patronos, en la reunión donde se llegó al acuerdo en el CNS.
El mayor salario es de 15,447 pesos mensuales
Actualmente ganan RD$15,447.60 mensuales los trabajadores de empresas cuyo capital es igual o mayor a los cuatro millones de pesos; RD$10,620 los que prestan servicios en empresas industriales con capital mayor a dos millones y no excedan los cuatro millones, y RD$9,411.60 quienes laboran en empresas que pasan de dos millones de pesos de capital.