Impuestos Internos extendió los plazos de declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas, jurídicas y entidades.
Igualmente, mantuvo la exención del pago de anticipos de ISR para los que tienen obligación mensual para el período fiscal junio 2020, cuya fecha de vencimiento es el 15 de julio 2020.
De igual manera, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dispuso una prórroga hasta el 29 de julio de 2020 de la presentación de la declaración y pago de la primera cuota para los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación (RST), en todas sus modalidades.Mediante un aviso público que se hace oficial desde este lunes, la DGII informa que se prorrogan hasta el 29 de julio 2020 la presentación y pago de las obligaciones tributarias, cuyas fechas límites estaban previstas para el 29 de junio 2020, tales como: ISR de Personas Jurídicas y negocios de único dueño (IR-2), primera cuota Impuesto sobre los Activos de Sociedades , entre otros.