La Dirección General de Aduanas (DGA) anunció que a partir del 3 de abril todas las personas que importen cualquier tipo de mercancías a través de los servicios de Couriers, deberán presentar la Factura Comercial.
El documento será requisito para demostrar que su importación es producto de una operación de compra y venta internacional.
La medida está basada en el decreto 402-05 del 28 de julio del año 2005, que reglamenta el despacho expreso de envíos. La DGA advierte que en caso contrario -en donde las personas no presenten la factura comercial-, debe demostrar que se trata de una operación en la que no existe una venta.
Todo esto, precisa la DGA, en cumplimiento de lo que establece el decreto 36-11, del 20 de enero del 2011, que instituye el Reglamento para la Valoración Aduanera, conforme al Acuerdo del Valor GATT de 1994.