El cierre administrativo de mi caso quiere decir básicamente que estamos hablando de un proceso consular.
En pocas palabras este proceso tiene más de un año pendiente en lo que es el Centro Nacional de Visa o en el Consulado. Tiene más de un año inactivo.
Quiere decir que la persona tiene todo este tiempo sin hacer nada con el caso, sin tomar alguna acción, al tenerlo dormitando básicamente las leyes de Migración y tanto el Consulado como el Centro Nacional de Visas pueden destruirlo administrativamente.
En pocas palabras, si te cierran un caso de manera administrativa pues se ha destruido la petición que dio origen a ese proceso de migración. Esto quiere decir que se tendría que iniciar desde cero todo el proceso.
Por ejemplo, si la petición o el caso está amparado en el hecho de que un ciudadano pidió a su hermano, y esta espera, como sabemos, alrededor de 14 años o 15 años, si es destruido administrativamente quiere decir que debe comenzar desde cero.
¿Qué opción tengo en caso de que realmente me haya enterado de que mi caso se encontraba en el consulado justamente por esa notificación de que ha sido destruido administrativamente?
Pues en ese caso tengo toda la potestad ya sea al Centro Nacional de Visas o al Consulado de decirles que en ningún momento se recibió la notificación de que el caso ya estaba disponible para iniciar lo que es la fase consular.
Igualmente, si existen situaciones que están fuera del control o alcance de la persona beneficiaria de la visa, pues también se pueden establecer estas evidencias o argumentos. Por ejemplo, si una persona se encuentra en un proceso de tratamiento médico o de depresión, todos estos argumentos y evidencias podrían ayudar a que el caso sea reestablecido y no se cierre a continuar con el proceso de visa de no inmigrante