En Caribe Legal, el abogado Iván Chevalier explica los reclamos que puedes interponer si has recibido una facturación por encima de lo normal
¿Cuáles requisitos debo agotar para interponer mi reclamo por ante la Empresa Distribuidora?
Para reclamar, puede hacerlo el titular del servicio, es decir la persona que contrató este, o, alguien que tenga poder del contratante, dicho reclamo puede hacerse de manera presencial, por las oficinas o también puede ser por teléfono. Ten presente que durante el proceso de elevar de tu queja deberás siempre tener a mano tu cédula de identidad y el número de contrato.
El reclamo debe hacerse en un plazo de 6 meses contados a partir del día en que ocurrió la irregularidad.
El tiempo de respuesta al reclamo puede variar según el caso, pero en principio deben tardar de 10 a 20 días.
¿Y si no recibo respuesta de la Empresa Distribuidora de Electricidad o simplemente la decisión adoptada no resultó favorable a mi persona?
Ante esto tendrás la opción de acudir a PROTECOM, que es una dependencia de la Superintendencia de Electricidad que se encarga de verla por la Protección al Consumidor de Electricidad y allí elevar su queja.
Formalidades:
1. En cualquier oficina de Protecom.
2. Remitir la respuesta que le dio la distribuidora a su reclamo. Si no tiene la respuesta por escrito, podrá presentar la constancia de reclamación que emitió la EDE cuando hizo el reclamo.
3. Igualmente, debe acompañar este documento con las facturas sujetas a reclamación, una copia de su cédula y cualquier otro papel que usted considere que sustenta su reclamo.
¿Qué pasa si la decisión de PROTECOM no resulta favorable?
Tiene derecho a interponer un Recurso Jerárquico ante el Consejo de la Superintendencia de Electricidad (SIE), el cual deberá realizarse dentro de los diez (10) días laborables siguientes al haber recibido la respuesta por parte de PROTECOM.
Iván Chevalier